Bancos deben explicar a clientes alcances de acogerse a medidas de alivio: CNBS
Intereses corrientes podrán ser sumados al capital, aumentando el monto de la deuda
TEGUCIGALPA. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) habilitó un portal electrónico para informar y detallar todo sobre las medidas de alivio de deuda aplicadas en el sistema financiero nacional por la emergencia sanitaria del covid-19. Recientemente, la CNBS determinó que las instituciones podrán otorgar períodos de gracia adicionales a partir de este mes de julio, aplicable a los créditos de consumo, tarjetas de crédito y vivienda, siempre y cuando estos clientes demuestren su incapacidad de pago por la afectación del salario u otro ingreso.
En sus canales de información y redes sociales, la CNBS aclaró que no hay que confundir el término de período de gracia con condonación de deuda o condonación de intereses. El período de gracia de marzo a junio fue para que las personas que resultaron afectadas no hicieran los pagos de las cuotas; sin embargo, el crédito generó intereses corrientes, por lo que “podrán ser sumados al capital, incrementando el monto de la deuda, debiendo cancelar el usuario financiero un nuevo saldo”. “Los deudores acogidos a esta medida y sus ingresos que volvieron a la normalidad deberán pagar la totalidad de sus cuotas no canceladas en el período de gracia”, advierte la CNBS. De ser así, agrega que “las instituciones financieras reversarán los intereses y las condiciones del préstamo se mantendrán”. Quienes no puedan cancelar de contado los pagos de créditos al 31 de julio podrán solicitar períodos de gracia adicionales, refinanciamiento o readecuación. La CNBS pidió a las instituciones financieras que informen a los clientes lo que implica acogerse a las medidas de alivio covid-19.