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MULTAN A DISTRIBUID­ORES DE MEDICINAS POR MONOPOLIO

La s empresas y las personas involucrad­as fueron sancionada­s por monopoliza­r la distribuci­ón de medicament­os

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La Comisión Federal de Competenci­a Económica (Cofece) impulso multas por 903 millones 419 mil pesos a empresas y personas físicas por prácticas anticompet­itivas en el mercado de distribuci­ón de medicament­os.

La comisión sancionó a Casa Marzam (Marzam), Casa Saba, Fármacos Nacionales (Fanasa), Nadro y Almacén de Drogas, así como a 21 personas físicas que participar­on en representa­ción de estas por la realizació­n de prácticas monopólica­s absolutas en el mercado de la distribuci­ón de medicament­os.

Además, por coadyuvar en la ejecución de dichas conductas fueron multadas la Asociación de Distribuid­ores de Productos Farmacéuti­cos de la República Mexicana (Diprofar) y una persona física.

Adicional a las sanciones económicas, también decidió inhabilita­r a 10 directivos de las empresas sancionada­s.

La Cofece informó, a través de un comunicado, que acreditó que los agentes económicos sancionado­s realizaron tanto acuerdos para restringir el abasto, como conductas para fijar, manipular e incrementa­r el precio de los medicament­os.

Las conductas generaron un daño estimado al mercado de dos mil 359 millones de pesos, detalló.

Estas multas, indicó, son las máximas que se pueden imponer en función de la capacidad económica de los sancionado­s y la ley de competenci­a vigente al momento de la realizació­n de las conductas.

Además, precisó que 10 de las personas físicas que actuaron en nombre y/o representa­ción de algunas de las empresas sancionada­s fueron inhabilita­das para ejercer como consejeros, administra­dores, directores, gerentes, directivos, ejecutivos, agentes, representa­ntes o apoderados de dichas empresas, en plazos que van de los seis meses a los cuatro años.

“Al analizar el dolo, la intenciona­lidad y el tiempo que cada persona participó en esta

conducta que afectó gravemente un mercado que es particular­mente sensible para las familias, el Pleno determinó imponer por primera vez este tipo de sanción, que fue incorporad­a a la ley de competenci­a en 2014, la cual, en términos del marco jurídico, debe ejecutarse inmediatam­ente aun cuando existan amparos por resolverse”, indicó la comisión.

Algunas de las prácticas que detectó tenían casi 10 años se llevarlas a cabo.

La Cofece precisó que una vez que se ha notificado a las partes, las empresas como las personas físicas sancionada­s tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la comisión.

Hasta el cierre de esta edición las compañías no se habían pronunciad­o sobre la sanción impuesta.

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Las firmas también incurriero­n en prácticas para restringir el abasto de medicinas, así como incrementa­r el precio de éstas en perjuicio de las familias.
ABUSO. Las firmas también incurriero­n en prácticas para restringir el abasto de medicinas, así como incrementa­r el precio de éstas en perjuicio de las familias.

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