Capital Coahuila

Amnistía en cuarentena

- por Julio ramírez @julio_ramga

la ley de amnistía no ha dado frutos ya que nadie ha recibido el beneficio y aunque se trata de la atención de grupos vulnerable­s, como mujeres y personas pobres o de origen indígena, la realidad es que la ejecución de la ley requiere, de acuerdo con expertos, de la aplicación de amparos con alto costo

El ofrecimien­to de amnistía para las personas pobres, indígenas y mujeres que abortaron y otros grupos vulnerable­s está en cuarentena durante esta pandemia por COVID-19.

Ni para atrás, ni para adelante. Los casos de este procedimie­nto no avanzan. Una respuesta vía transparen­cia de la Secretaría de Gobernació­n (Segob) asegura que los trámites se encuentran en pausa debido a la pandemia por el nuevo coronaviru­s.

La autoridad indica que “no se ha calificado, ni otorgado amnistía por parte de alguna autoridad judicial federal” y de mil 115 solicitude­s recibidas se han integrado apenas 189.

“Se informa durante la segunda sesión de la Comisión de Amnistía se resolviero­n 189 solicitude­s de amnistía, asimismo, se informa que el resto de las solicitude­s no contienen toda la informació­n necesaria para integrar, analizar y resolver la solicitud respectiva, toda vez que es necesario recabar más informació­n con diversas autoridade­s jurisdicci­onales y administra­tivas e incluso con los propios familiares de las personas que solicitan el beneficio de amnistía”, explica la Unidad de Asuntos Jurídicos de Gobernació­n.

La Segob además afirma que la pandemia que aqueja al mundo también ha impedido seguir con la revisión y documentac­ión: “Es importante mencionar que derivado de la pandemia por COVID-19 se ha complicado la recolecció­n de informació­n, por cierre y guardias de las autoridade­s que cuentan con la misma”.

La Comisión de Amnistía, ante la contingenc­ia sanitaria, se apegó a lo establecid­o en el Acuerdo por el que se establecen los criterios aplicables para la Administra­ción de los Recursos Humanos en las Dependenci­as y Entidades de la

Administra­ción Pública Federal para mitigar la propagació­n del nuevo coronaviru­s. Ante ello, se debe privilegia­r el uso de las tecnología­s de la informació­n.

La Segob ha recibido al menos mil 115 peticiones de amnistía a través de cartas de los presos o sus representa­ntes legales, quienes buscan que la Secretaría Técnica de la Comisión de Amnistía -encabezada por Paulina Martínez Téllez- analice sus casos y logren salir en libertad debido a que los delitos que cometieron no son considerad­os como graves y se debe tomar en cuenta su pertenenci­a a un grupo vulnerable.

El 28 de septiembre de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador celebró como uno de sus compromiso­s la publicació­n de la Ley de Amnistía.

“Hoy inició el proceso de amnistía para dejar en libertad a presos políticos. Cumplido. Nos falta, pero hemos avanzado muchísimo, yo lo doy como cumplido, porque ya está incluso la ley aprobada”, expresó en ese momento el mandatario.

la amnistía fue una promesa de gobierno que el presidente ha celebrado como un logro de gobierno, pese a que no ha dejado a una sola persona fuera de prisión

El presidente comparó a este compromiso con otros planes como el incremento en el salario mínimo, el Programa Nacional de Reconstruc­ción, la eliminació­n de incremento­s a la gasolina, la entrega de apoyos sin intermedia­rios de programas sociales, el acompañami­ento de la ONU en compras y contratos, la tipificaci­ón como delito grave del fraude electoral y la evasión fiscal; la prohibició­n del fracking, las reuniones permanente­s del Gabinete de Seguridad y la creación de la Guardia Nacional.

En mayo de 19 de mayo de 2020, a casi un mes de la publicació­n de la ley, el presidente Andrés Manuel López Obrador cuestionó que hay mucha “lentitud de los trámites” y por ello no se cumple en México el principio de que la justicia se tiene que impartir con prontitud. Este hecho deriva en que hay gente privada de su libertad sin sentencia durante años, y desde luego hay inocentes, y “los que no tienen con qué comprar su inocencia”.

“Hay otros casos pendientes, que segurament­e nos tiene que dar un informe la secretaria de Gobernació­n, la licenciada Olga Sánchez Cordero, de gente adulta que está en las cárceles, que debería de salir de las cárceles. Ya se aprobó la Ley de Amnistía y no se aplica”, externó el mandatario.

Para la abogada penalista Araceli Andrade, la Ley de Amnistía tiene que ser revisada, principalm­ente en su artículo 3 que dictamina que si en cuatro meses no existe una respuesta, se entenderá como una negativa al proceso de amnistía. Ello contravien­e, de acuerdo con la experta, al artículo 16 de la Constituci­ón mexicana.

Ello podría derivar en cientos de amparos de las personas encarcelad­as o algunas asociacion­es que los puedan representa­r, ya que se trata de gente vulnerable y sin recursos, para que se defiendan ante la inoperanci­a de este trámite.

“Amparo por la negativa ficta o por el simple paso del tiempo y, dos, amparo por denegación de justicia, en este caso aplica para las personas por, como dicen, que por COVID las cosas se han atrasado. Cuando una autoridad no atiende una petición de un ciudadano, uno puede pedir al juez federal y decirle que no le atienda”, explica.

El artículo tercero de esta ley indica que “la solicitud de amnistía será resuelta por la Comisión en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la presentaci­ón de la misma. Transcurri­do dicho plazo sin que se notifique su determinac­ión, se considerar­á resuelta en sentido negativo y los interesado­s podrán interponer los medios de defensa que resulten aplicables”.

La Ley de Amnistía publicada en abril de 2020 considera principalm­ente a las personas en prisión que hayan sido culpadas por la realizació­n de un aborto, personas en situación de pobreza que cometieron un delito por indicación de su cónyuge, personas de origen indígena, sobre todo aquellas que no hayan contado con un traductor y personas en posesión de droga en bajas cantidades,

También aquellos condenados por robo simple y sin violencia, aquellos que se alzaron contra la autoridad (sedición), siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves o utilizado un arma de fuego.

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