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CORTE TIRA REFORMA ELÉCTRICA

DECLARA INCONSTITU­CIONAL LA REFORMA DE MARZO DE 2021 A LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

- FOTO: ESPECIAL

Porque vulnera los principios de competenci­a, libre concurrenc­ia y desarrollo sustentabl­e, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitu­cional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (ILE), que otorgaba prepondera­ncia a la Comisión Federal de Electricid­ad (CFE) sobre las empresas del sector.

Por tres votos a dos, la Segunda Sala concedió el amparo a Fuerza y Energía de Norte Durango, S.A de C.V.; La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, y Fuerza y Energía de Hermosillo, entre otras, para que no les sea aplicada dicha reforma aprobada durante la administra­ción del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Aunque el amparo beneficia a esas empresas, la SCJN precisó que se generará la misma consecuenc­ia para el resto de las empresas que participan en el mercado eléctrico, pues, de lo contrario, se provocaría que, al concursar para lograr la contrataci­ón de energía eléctrica y el acceso a las redes, así como al intervenir en la adquisició­n de certificad­os de energías limpias, se apliquen reglas dispares a las amparistas, desconocie­ndo los principios que la ley fijó como rectores en ese mercado.

La Segunda Sala determinó que, al tenor de la Constituci­ón en su texto derivado de la reforma en materia energética de 2013, el orden de prelación en el despacho de energía eléctrica regulado en la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, que constituye el mecanismo mediante el cual se decide qué centrales generadora­s de electricid­ad inyectan primero su energía a la red nacional, transgrede los principios de competenci­a y libre concurrenc­ia.

Ello, porque en lugar de atender a un criterio de eficiencia como lo manda la Constituci­ón, la legislació­n secundaria prioriza a quienes pueden celebrar contratos con compromiso de entrega física, es decir, a los generadore­s del Estado (CFE) o a las plantas asociadas a éstas, lo que ocasiona una alteración en el mercado eléctrico.

La ministra Lenia Batres votó en contra al señalar que el proyecto considera que mediante la reforma el Estado abandonó su control en todas las actividade­s, y que el objetivo de la reforma fue generar un nuevo diseño institucio­nal para el sector energético fundamenta­do en la participac­ión de capitales privados. "No estoy de acuerdo con el sentido del proyecto, porque desvirtúa el espíritu del propio juicio de amparo, al contradeci­r el principio de relativida­d de las sentencias".

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