Correo

PERMISO PARA PORTAR ARMAS: POCOS LO PIDEN Y SEDENA NO DA

EN ESTE SEXENIO, SOLAMENTE 12 CIUDADANOS DE GUANAJUATO HAN OBTENIDO LA LICENCIA DE PORTACIÓN TRAS CUMPLIR LA LARGA LISTA DE REQUISITOS

- CARLOS VERTTI

La posesión y portación de armas es una prerrogati­va para los ciudadanos mexicanos, quienes tienen derecho a tener en su domicilio para su seguridad y legítima defensa.

Esto excluye el armamento prohibido por la ley Federal y el reservado para el uso de las fuerzas armadas.

Sin embargo, la ley Federal determina los casos, condicione­s, requisitos y lugares en los que se puede autorizar a los habitantes civiles la portación de armas.

Esto correspond­e a la Secretaría de la defensa nacional, que pone una larga serie de requisitos para autorizar la portación.

RECHAZAN SOLICITUDE­S

2019 Solicitude­s: 17 Aprobadas: 4

2020 Solicitude­s: 15 Aprobadas: 5

2021 Solicitude­s: 7 Aprobadas: 0

2022 Solicitude­s: 12 Aprobadas: 1

2023 Solicitude­s: 9 Aprobadas: 2

2024 (20 de marzo) Solicitude­s: 2 Aprobadas: 0

EN GUANAJUATO

En el estado de Guanajuato, son pocos los ciudadanos que a lo largo de este sexenio han solicitado portar armas de fuego, según informó a Correo el jefe de la Sección de Licencias, clubes y coleccione­s de la Sedena, coronel Jorge Antonio Rebolledo Zaragoza.

Y es todavía menor la cantidad de aprobacion­es que se otorgan: en el año 2018, fueron 10 guanajuate­nses los que solicitaro­n la licencia particular individual de portación de arma de fuego; de esa cantidad, solamente fue aprobada 1 solicitud.

Para el año 2019 hubo 17 solicitude­s, de las cuales la Secretaría de la Defensa Nacional aprobó solamente 4.

En 2020, fueron 15 guanajuate­nses los que pidieron permiso de portar armas, y solo a 5 les fue concedida la licencia.

En el año 2021, la Sedena no otorgó ninguna licencia, y fueron 7 civiles quienes las tramitaron.

En 2022, 12 ciudadanos hicieron los trámites, pero solamente 1 cumplió los requisitos y recibió su licencia.

En 2023, de 9 solicitude­s analizadas, solamente se dio la aprobación a 2 de ellas.

Este año, la Sedena ha revisado 2 trámites y ninguno de ellos ha sido aprobado.

¿ES MUY DIFÍCIL EL TRÁMITE? El número de ciudadanos que cuentan con un permiso de portación es ínfimo respecto a la cantidad de personas que andan armadas en el estado de Guanajuato, y que por lo regular tienen armamento que está prohibido para cualquier civil.

Los calibres permitidos, de acuerdo con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en su artículo 9, son las pistolas de funcionami­ento semiautomá­tico de calibre no superior al .380 (9 milímetros corto), excepto las pistolas calibres .38 Súper y .38 Comando, así como las 9 mm Mausser, Luger, Parabellum y Comando. Está exceptuado también el .357 magnum.

LOS REQUISITOS

El artículo 26 de la misma Ley Federal señala que las licencias particular­es para la portación de armas serán individual­es para personas físicas y podrán expedirse cuando se cumplan los requisitos:

A. Tener un modo honesto de vivir

B. Haber cumplido, los obligados, con el servicio militar nacional

C. No tener impediment­o fisico y mental para el manejo de las armas

D. No haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas

E. No consumir drogas, enervantes o psicotropi­cos

F. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por: la naturaleza de su ocupacion o empleo; las circunstan­cias especiales del lugar en que viva, o cualquier otro motivo justificad­o.

 ?? FOTO: ESPECIAL ?? l
CON SU PERMISO . La Sedena regula la portación de armas por civiles; rechaza la mayoría de las solicitude­s.
FOTO: ESPECIAL l CON SU PERMISO . La Sedena regula la portación de armas por civiles; rechaza la mayoría de las solicitude­s.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico