¿Y AHORA, QUIÉN CUIDA A LAS MUJERES? 1 2 3
Al salir a las calles, la mayoría de las personas del sexo femenino experimentan una sensación de inseguridad y rudo acoso sexual
El portal del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) define al acoso sexual como una forma de violencia, en la que si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado indefenso y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Los piropos, actos de acecho sexual, chistes, burlas, insinuaciones sin consentimiento o reciprocidad, son conductas de hostigamiento o acoso sexual, son comportamiento como “naturales, normales e inevitables”. De enero a septiembre de 2023 de acuerdo a la página de la Secretaría de Igualdad y Género de la Fiscalía General del Estado se registraron en carpetas de investigación 29 denuncias de mujeres que fueron víctimas de acoso y otros delitos que atentaron contra su vida e integridad corporal.
El doctor en Derecho, Emmanuel Manzo, comenta que el delito de acoso sexual está en el Artículo 238 Bis del Código Penal para el Estado de Chiapas, y señala que comete el delito de acoso sexual, quien, con fines de lujuria, asedie a perso
penal a quien fotografíe y divulgue imágenes a través de medios informáticos de personas sin su consentimiento
el acusado es hallado culpable, estará preso de 1 a 4 años y pagará una multa de 100 a 300 UMA
enero a septiembre de 2023, al menos 29 mujeres sufrieron algún tipo de acoso na de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensible o riesgo inminente para la víctima, independientemente se realice en uno o varios eventos.
De igual manera incurre en acoso sexual, quien sin consentimiento del sujeto pasivo y con propósito de lujuria o erótico sexual, grabe y/o fotografíe a cualquier persona, divulgue imágenes a través de medios informáticos, audiovisuales, virtuales o por cualquier otro medio.
“La pena podría ser de uno a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días de multa, si el sujeto pasivo del delito fuera menor de edad, adulto mayor, persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o personas que se encuentren en estado de intoxicación, la pena se incrementará en un tercio”, señala.
Será a solicitud del asesor de la víctima es como agravante, tiene que ser demostrado en juicio para el aumento de la pena, en última instancia queda al arbitrio del juez el aplicarlo si considera que se satisfizo la agravante y ahora es tortuoso el camino, tanto que muchas veces no se judicializa por falta de integración de la carpeta, expresó el doctor en derecho.
CASOS REGISTRADOS
Fernanda, nombre que se utiliza para guardar su identidad real acudió a un supermercado, exactamente en el departamento de frutas y verduras un hombre la observaba; agregó, “después fui al área donde venden carne y el sujeto me siguió, después con su celular me empezó a grabar por la parte de atrás, me vi acosada”.
Posteriormente llegó el vigilante del supermercado, el sujeto salió corriendo y ella decidió poner su querella ante la Fiscalía General del Estado (FGE), el trámite es demasiado lento y había más víctimas, principalmente en los supermercados, pero exigió justicia.
De acuerdo con Ivonne de León Córdova, activista feminista tapachulteca, el acoso se da en todos los ámbitos, cuando una mujer va a realizar sus compras, la víctima está distraída, a nadie se le ocurre que te van hacer daño en un supermercado o adentro de un mercado o en la escuela, esos lugares donde se siente seguridad.
"Pero estás siendo violentada, es un choque emocional. en un supermercado el ataque ocurre cuando mujeres son grabadas y son subidas a plataformas digitales como Facebook, Twitter, burlando el famoso algoritmo", dijo.
Asegura que acompañó a la víctima a interponer su denuncia ante el MP.
Algunos sujetos que graban a sus víctimas las suben a las plataformas digitales y son expuestas sin la más mínima sanción para los infractores, a pesar de poner la denuncia