Crean el Centro de Conciliación Laboral
Este organismo, que sustituye a la Junta de Conciliación y Arbitraje, entrará en funciones en 2022
El Congreso del Estado de Sinaloa, a través de la Diputación Permanente, declaró incorporadas al texto de la Constitución las reformas que crean el Centro de Conciliación Laboral, que sustituye a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
u Respaldo
13 Ayuntamientos aprobaron el decreto que el pasado 19 de febrero expidió el Congreso del Estado reformando los artículos 43, fracción XIV; 65, fracción XXII bis; y 78; y la adición del artículo 72 bis, a la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
La diputada Yeraldine Bonilla Valverde, presidenta de la Diputación Permanente, mencionó que Ahome, Guasave, Sinaloa, Angostura, Salvador Alvarado, Mocorito, Navolato, Culiacán, Elota, Cosalá, San Ignacio, Concordia y Escuinapa votaron a favor de estas reformas.
Los otros cinco Ayuntamientos que no emitieron su voto dentro del plazo se computan como afirmativos, agregó la legisladora, quien declaró incorporadas al texto de la Constitución las reformas. La presidenta de la Diputación Permanente solicitó enviar el decreto correspondiente al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa.
El Centro de Conciliación Laboral se crea para atender de manera previa los procesos jurisdiccionales, los conflictos laborales de orden local, con carácter de organismo público descentralizado, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que gozará de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.
Para la designación de la persona titular del Centro de Conciliación Laboral, el Ejecutivo del estado someterá una terna a consideración del Congreso del Estado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, realizará la designación correspondiente.
En los artículos transitorios se establece que el Centro de Conciliación Laboral iniciará sus actividades a más tardar el 2 de mayo del año 2022, en términos de lo que establezca su propia normatividad y posibilidades presupuestales.
En tanto se instituye e inicia operaciones el Centro de Conciliación Laboral, la Junta de Conciliación y Arbitraje y, en su caso, la Dirección del Trabajo y Previsión Social continuarán atendiendo las diferencias o conflictos que se presenten entre el capital y el trabajo, y sobre el registro de contratos colectivos de trabajo y organizaciones sindicales.