GOBERNADOR EJERCE VETO A LA REFORMA SOBRE LEY ANIMAL
Las observaciones fueron remitidas al Congreso por vicios de inequidad y trato discriminatorio a la tauromaquia El gobernador de Sinaloa manifestó que la prohibición legislativa de los espectáculos de la fiesta taurina carece de fundamento legal
El gobernador Quirino Ordaz Coppel vetó las reformas y adiciones a la Ley de Protección a los Animales, Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable y al Código Penal en Sinaloa, ante las observaciones que remitió en cuanto a la prohibición, sanción y tipificación como delito del espectáculo de tauromaquia en esta entidad. Mediante el oficio No. SGG-019/2021 de fecha 1 de abril de 2021, el secretario general de gobierno, Gonzalo Gómez Flores, envió a la Mesa Directiva de la 63 Legislatura del Congreso del Estado las observaciones realizadas al decreto número 581, expedido el pasado 28 de enero, específicamente a la norma que se refiere a las corridas de toros. El decreto 581 contiene reformas, adiciones y deroga diversas disposiciones a la Ley de Protección a los Animales, Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable y al Código Penal, todas del Estado.
“Las observaciones que se someten a consideración de esa soberanía se refieren exclusivamente a la norma que prohíbe los espectáculos de tauromaquia”, se lee en el oficio que envió el Ejecutivo. El Ejecutivo observa la configuración de dos regímenes jurídicos: por un lado, el que prohíbe la tauromaquia y, por el otro, la permisión para los espectáculos de charrería y pelea de gallos. Se observa la derogación de la parte normativa de la fracción XIII bis del artículo 15, de la Ley de Protección de los Animales y artículo 364, sexto párrafo del código penal. Se menciona que la reforma a la Ley de Protección Animal vulnera principios constitucionales de equidad legislativa, puesto que existe un trato desigual de los espectáculos de tauromaquia con relación a actividades que implican la participación de animales, como lo es en la charrería y pelea de gallos; por lo que puntualizó que el decreto está viciado de inequidad y de discriminación.
Revisará el Congreso
En el documento, el gobernador argumentó que esta facultad está prevista en el artículo 46 de la Constitución de Sinaloa.
Las observaciones al decreto 581, exclusivamente a la porción normativa que prohíbe la tauromaquia, fueron leídas en la primera sesión pública ordinaria del segundo periodo ordinario.
Después de la lectura de las observaciones en el pleno, fueron turnadas para su análisis a las Comisiones, de Puntos Constitucionales y Gobernación, de Ecología y Desarrollo Sustentable y de Justicia.
El Poder Legislativo violenta la garantía de seguridad jurídica al dictar una norma punitiva.