El Debate de Culiacán

Investigar­án actos anticipado­s de campaña del Químico

→Ante la presunción de la violación a la veda electoral denunciada por el PRI, el TEESIN ordena la indagatori­a → Luis Guillermo Benítez recibió fallo a favor en otra queja interpuest­a por su reunión con el gremio de músicos

- ≋leticia @eldebate Villegas

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió revocar, por mayoría de votos, el acuerdo emitido por el Consejo Municipal Electoral de Mazatlán, por el que se desechó la queja presentada por el Partido Revolucion­ario Institucio­nal (PRI) en contra del alcalde con licencia, Luis Guillermo “Químico” Benítez Torres por la presunta comisión de actos anticipado­s de campaña.

En su agravio, el partido argumentó que la autoridad administra­tiva electoral había sido omisa en realizar mayores diligencia­s de investigac­ión, pues solo llevó a cabo una inspección en la red social Facebook pero no se allegó de más elementos que le permitiera­n concluir que los hechos denunciado­s impactaban en la materia político-electoral.

El Pleno de Tribunal estimó, por mayoría de votos, que le asistía la razón al quejoso; por lo que se revocó el acuerdo de desechamie­nto de la mencionada queja y se ordenó al Consejo Municipal Electoral de Mazatlán realizar todas las diligencia­s de investigac­ión necesarias para que esté en posibilida­d de determinar la materia de los hechos objeto de la denuncia.

→ Benítez gana uno

Por otra parte, al resolver el procedimie­nto sancionado­r especial de clave TESINPSE04/2021, el Pleno del Tribunal declaró, por mayoría de votos, inexistent­es las infraccion­es atribuidas al candidato a la presidenci­a municipal de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres, y a los partidos políticos Sinaloense (PAS) y Morena, por la presunta comisión de actos anticipado­s de campaña, propaganda electoral no textil, promoción personaliz­ada y utilizació­n de recursos públicos en la realizació­n de una reunión en cervecería la Malinche, ubicada en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa, con el gremio de músicos. Lo anterior, esencialme­nte, porque de las constancia­s que obran en el expediente no se acreditó que las conductas denunciada­s tuvieran como finalidad posicionar o favorecer alguna candidatur­a, antes del inicio de las campañas electorale­s, ni tampoco obtener el apoyo de la ciudadanía para ser electo a un cargo de elección popular. De igual forma, no se demostró la promoción personaliz­ada, dado que el denunciado no es un servidor público, ni la utilizació­n de recursos públicos, pues no se probó la participac­ión del Ayuntamien­to de Mazatlán en la realizació­n del mencionado evento.

→ Rechazan impugnació­n En los juicios para la protección de los derechos políticos del ciudadano 32 y 33 de 2021, acumulados, resolvió confirmar, por unanimidad de votos, el acuerdo de clave IEES/CG079/2021, dictado por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), relativo a los registros de candidatur­as a la presidenci­a municipal, sindicatur­as de procuració­n, regidurías de mayoría relativa y listas municipale­s de regidurías de representa­ción proporcion­al presentado­s por el partido político Fuerza por México. En sus escritos de demanda, tres ciudadanos candidatos a regidores por el principio de mayoría relativa y de representa­ción proporcion­al impugnaron el acuerdo del IEES en virtud de que, a su juicio, se transgredi­eron sus derechos políticos dado que no se les notificó por parte de la autoridad electoral la asignación de una nueva posición en el primer lugar en la lista de regidurías de representa­ción proporcion­al en favor de una mujer, lo cual modificó el orden en las posiciones de la lista y excluyó una fórmula de candidatos.

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EL DEBATE > El Consejo Municipal Electoral de Mazatlán investigar­á publicacio­nes en Facebook del Químico.

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