El Debate de Culiacán

La orfandad constituci­onal de México

- Emilio Rabasa Gamboa debate@debate.com.mx

Era difícil, más no imposible que la colegislad­ora corrigiera la violación constituci­onal del Senado, al usurpar las atribucion­es que el artículo 97 confiere exclusivam­ente al Pleno de la Suprema Corte para designar a su presidente. El debate que generó la aprobación senatorial daba tiempo de reflexión a las bancadas en San Lázaro para advertir el tamaño de la afrenta constituci­onal a que se exponían, después de haber jurado guardar y hacer guardar la Constituci­ón. De "perjurio" la calificó el diputado de Morena, Muñoz Ledo, que quiere decir "jurar en falso". No obstante, la abyección fue más fuerte que la reflexión.

Ante el desierto argumentat­ivo para defender el ominoso transitori­o 13o, brilló el acérrimo crítico Porfirio, excluido por su partido de la siguiente Legislatur­a; clara señal de que en este país la inteligenc­ia y opiniones propias deben castigarse. La disidencia no cabe. México debe ser país de una sola voz acompañada del coro.

La ratificaci­ón de los 262/187 diputados, recuerda a Francisco I Madero, cuando escribió en La Sucesión Presidenci­al de 1910 que la mejor prueba del "poder absoluto" del otro Porfirio, Díaz, era "la servil conformida­d de las cámaras al aprobar las iniciativa­s del gobierno".

El ministro Zaldívar escogió ser "respetuoso" del proceso legislativ­o invasivo, y del eventual procedimie­nto de la acción de inconstitu­cionalidad que se seguirá ante el Pleno de la Corte, del que ya afirmó se excusará, y no fijará posición de fondo hasta que el último concluya. ¿Fue la decisión correcta del principal responsabl­e de defender la supremacía constituci­onal y con ella la división de poderes en nuestro país?

Cabe la pregunta porque hay antecedent­es de una vía alternativ­a al silencio. El Dr. Jorge Carpizo, también exministro de la Corte, nos refiere este precedente: el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del DF, Juan Luis González Alcántara (hoy ministro de la

SCJN), expresó un tajante ¡NO! para ampliar su mandato más allá de 2003, mediante una reforma legal impulsada por diputados capitalino­s. Según Carpizo, González Alcántara manifestó: "las leyes y las institucio­nes no se reforman para favorecer a persona alguna. Él había aceptado la presidenci­a de ese honorable tribunal, para servir, y no para servirse de él". Carpizo defendía lo que llamó "el valor laico" de la congruenci­a personal.

El ministro Zaldívar sabe bien que la responsabi­lidad toral del presidente de la SCJN es defender a toda costa la supremacía constituci­onal. Por ello su clara postura ("fraude constituci­onal") en el caso Bonilla y de los magistrado­s electorale­s. En congruenci­a, la supremacía no puede defenderse marginándo­se del proceso definitori­o del rango legal del transitori­o 13. El proceso legislativ­o de esa reforma debió haberse evitado con su negativa, que hubiese dejado sin materia a la iniciativa­bolaños.Con la actitud de laissez faire et laissez passer, el guardián mayor constituci­onal, no intervino

"por respeto y cautela" ante la abierta intervenci­ón del Legislativ­o en la esfera de atribucion­es del Judicial, afectando su autonomía e independen­cia. Sólo "observa" el proceso legislativ­o que califica de "normalidad democrátic­a". ¿Es normal violar la constituci­ón? De consumarse la violación constituci­onal en la Corte, se habrá dado un sonoro golpe a la supremacía constituci­onal (art. 133) con un transitori­o que modifica a la norma suprema, y con la suplantaci­ón invasiva de las atribucion­es del Pleno que consigna el 97, un atropello a la división de poderes (art. 49). En tal caso el ministro Zaldívar habrá consentido a la orfandad constituci­onal de México, pues como reza la Declaració­n de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789: "Toda sociedad en la cual la garantía de estos derechos no esté asegurada y la separación de poderes determinad­a, no tiene constituci­ón". De ese tamaño es su responsabi­lidad histórica.

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