Infundadas acusaciones contra magistrados: Teesin
Dos ciudadanos habían solicitado que magistradas debían mantenerse al margen en un juicio, por su presunta relación con Rubén Rocha
En otro caso, el Tribunal Electoral declaró improcedente la denuncia contra el PAN por asignación de candidaturas en Salvador Alvarado
En sesión pública jurisdiccional, el Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa (Teesin) declaró como infundadas las acusaciones que interpusieron los ciudadanos Jorán Jacobo Aguiar y Sergio Octavio Valle Espinosa en contra de dos magistradas del Tribunal en mención, por presunta relación con el candidato a gobernador de Sinaloa por la alianza Morena-pas, Rubén Rocha Moya.
Quejas
Dichos ciudadanos habían solicitado que dos magistradas del Teesin se excusaran de conocer y resolver un juicio que se encuentra en sustanciación en el citado órgano, ya que, a su juicio, mantienen una relación íntima de amistad y parentesco con el candidato a gobernador postulado en candidatura común por los partidos políticos Morena y Sinaloense (PAS).
Para el Pleno del Tribunal, el planteamiento resultó infundado, en razón de que los solicitantes no acreditaron sus aseveraciones (solo aportaron una nota periodística) y, además, las magistradas, en su derecho de audiencia, manifestaron que no se actualizaban las causales de impedimento referidas por los ciudadanos incidentistas y, por lo tanto, se encontraban en aptitud de desempeñar sus funciones.
En ese sentido, con base en las pruebas que se encontraban en el expediente, y con la ausencia de las magistradas objeto de la recusación, el Tribunal resolvió, por unanimidad de votos, tener por no actualizado los supuestos de impedimentos legales.
No procede impugnación contra PAN sobre tema de regiduría
El Teesin declaró como infundados e inoperantes los agravios expuestos por un grupo de seis ciudadanos quienes habían impugnado la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN), sobre asignación de candidaturas de regidurías en el municipio de Salvador Alvarado.
Los juicios ciudadanos fueron interpuestos por Jesús Fausto López Manzanares, Lidia Adela Reyes Ley, Felipe Alberto Parada Valdivia, Edgar Eduardo Gastélum Armenta, Jesús Acosta Rodríguez, Jesús Octavio Morales Osuna y Leticia Isabel Rubio Cervantes.
Respecto del juicio promovido por Leticia Isabel Rubio Cervantes, a través del cual la ciudadana planteó la violación a los principios de exhaustividad, indebida fundamentación y motivación y paridad de género, en el proyecto de resolución que se sometió a la consideración de las magistraturas del Tribunal se propuso declarar fundado el agravio relativo a la indebida fundamentación y motivación.
Esto en razón de que, contrario a lo determinado por la Comisión de Justicia, las propuestas presentadas por la Comisión Permanente Estatal en los cargos locales de diputaciones y ayuntamientos sí son vinculantes para la Comisión Permanente Nacional o el Presidente Nacional del PAN. Consecuentemente, al tener carácter vinculante las propuestas que realice la Comisión Permanente Estatal generan que la Comisión Permanente Nacional o el presidente Nacional del PAN obligatoriamente tiene que seleccionar como candidatos a algunas de las opciones dadas por el ente estatal, como era el caso de la ciudadana impugnante, quien ocupaba la regiduría propietaria número 1, pero que, sin embargo, el presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN la desplazó a la regiduría número 2.