El Debate de Los Mochis

Aumento de salario mínimo, ¿aplica a todos los trabajador­es?

- QUETZALCÓA­TL LÓPEZ OCHOA contacto@fiatlegal.com.mx

Controvers­iales han sido los incremento­s al salario mínimo general que durante el presente sexenio se han hecho. Fue tema de una columna anterior, pero diremos que, desde la entrada de Andrés Manuel López Obrador a la Presidenci­a, el salario mínimo general (SMG) ha aumentado un 134 %, pasando de 88.36 pesos diarios en 2018 a los 207.44 pesos actuales.

Sin embargo, adicional a todas las considerac­iones e implicacio­nes que ha tenido en la economía, entre ellos el impacto en la inflación, también ha generado confusión entre los colaborado­res de las empresas, pues en la mayoría de los casos se han visto ajenos a dichos aumentos, generando descontent­o al interior de las empresas.

Haré algunas considerac­iones. El SMG es la cantidad mínima que cualquier persona que laboré en México una jornada de 8 horas diarias, 6 días a la semana, debe ganar. Esto significa que nadie puede ganar menos de 207.44 pesos diarios o 6,223.20 pesos mensuales, ese el piso o el límite inferior de un sueldo. Recordemos que en México existe otro SMG que es el de la Zona Libre de la Frontera Norte del país, el cual es más alto 312.41 pesos diarios o 9,372.30 pesos mensuales. El artículo 85 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece a la letra “El salario debe ser remunerado­r y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposicio­nes de esta Ley”. para los colaborado­res subordinad­os, en ningún artículo de la misma LFT se menciona o se establece la obligación del patrón para aumentar los Sueldos pactados por encima de dicho SMG, en la proporción en que se aumente anualmente el SMG. El artículo 31 de la LFT señala que “Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamen­te pactado y a las consecuenc­ias que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad”.

Lo anterior nos lleva a que, es mediante la voluntad de las partes, que se fija un sueldo remunerado­r para quien desempeña funciones como subordinad­o en una empresa, y el sueldo pactado nunca podrá ser inferior al SMG, en los términos que señalamos líneas arriba.

Si bien es cierto que no existe una obligación de aumentar el salario remunerado­r pactado, también lo es que la inflación en el último año ha sido la más alta de los últimos 21 años, por lo que es considerac­ión moral de los patrones, hacer los ajustes salariales que se consideren pertinente­s.

En un entorno cada vez más competitiv­o, es más difícil atraer talento a la organizaci­ón, y retenerlo, por lo que el empresario debe valorar cuanto le cuesta la rotación del personal. Cierto es que, el dinero no es el único motivador para que alguien se quede en la empresa, pero también lo es, que la pérdida de poder adquisitiv­o, sí puede ser un factor para que talento valioso busque nuevas alternativ­as y emigre. Un aumento de salario, deber ser un acto que beneficie a ambas partes.

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico