De cuatro iniciativas para reformar la Ley Orgánica de la UAS ratifican sólo una
Las modificaciones piden consultar a la comunidad universitaria para elegir a las autoridades
Hay cuatro iniciativas en el Congreso de Sinaloa para realizar modificaciones a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS). El documento más reciente se presentó el pasado 31 de enero por un grupo de profesores de la universidad, liderado por Arturo Nevárez. Las demás iniciativas no han sido ratificadas.
Nombrar al rector
La nueva propuesta de 2023 advierte que la Ley Orgánica de la UAS está desactualizada y que debe ser armonizada con la Constitución Mexicana y la Ley General de Educación Superior.
Con esta reforma, el Consejo Universitario tendría como atribución tomar protesta al rector, que debe ser electo por mayoría “en votación, universal, directa, libre y secreta de profesores, alumnos y personal de la Universidad Autónoma de Sinaloa y resolver en los casos de renuncia, remoción o vacancia definitiva” y otras especificaciones.
Desde 1993 no se realizan elecciones entre la comunidad universitaria para elegir a las autoridades de la UAS.
Antecedentes
La reforma de 2013 señala que los consejeros universitarios son los únicos que votan para elegir al rector, de acuerdo a la fracción IV del Artículo 30 en la ley. La iniciativa de 2016 le agregó a esta fracción que el Consejo Universitario nombrará al rector “después de una amplia consulta realizada por cada unidad académica” conforme a un reglamento.
En ese sentido, la iniciativa del 2018 propuso que tanto el rector como directores de las unidades académicas sean elegidos por el Consejo con base a los votos electorales de profesores y estudiantes de cada unidad académica, ello en la fracción IV y VI del Artículo 30.
Paridad de género
En otro aspecto, la iniciativa de 2023 retoma el principio de paridad de género en varios artículos de la ley. El Artículo 71 señala que los nombramientos del personal académico deberán hacerse cumpliendo el principio de paridad de género; por ejemplo, el principio de paridad debe llevarse al Consejo Universitario, consejos técnicos, direcciones de los bachilleratos y en los puestos de vicerrectorías, así como en la administración universitaria y en el personal académico.
También el Artículo 74 indica que los alumnos tienen derecho a recibir una educación inclusiva, con garantías de sus derechos humanos, y que la universidad debe desarrollar programas y acciones que eliminen la desigualdad. Desde el 2016, la académica Beatriz Rodríguez, en conjunto con siete docentes más de la institución, presentaron la iniciativa ante el Congreso para implementar el principio de igualdad de género y fomentar prácticas que reconozcan el rol de las mujeres en la ley.
“La Ley Orgánica excluye 145 veces al género femenino en las disposiciones de su articulado, utiliza en su contenido un lenguaje masculino y como genérico legal”.