El Debate de Los Mochis

Verdadero: El gobernador no interviene en nombramien­to de rector

EL DEBATE verificó algunos de los dichos de Rubén Rocha

- Lucía Mimiaga León debate@debate.com.mx

1 “LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL PAÍS A MÍ ME TOCÓ COORDINARL­A, SACARLA ADELANTE EN EL CONGRESO, NADIE METIÓ UN RECURSO JURÍDICO CONTRA ESA LEY, ES EL ARTÍCULO 2 DONDE VIENE EXACTAMENT­E LO MISMO QUE VIENE EN LA LEY DE AQUÍ. ES EXACTAMENT­E LO MISMO”

Se calificó la declaració­n del gobernador como imprecisa, pero también engañosa puesto que no es el artículo 2 el mismo en ambas legislacio­nes; el artículo 3.° se refiere a la autonomía de las universida­des en la ley estatal, pues le añadieron antes otro artículo, mientras que en la Federal es precisamen­te el 2 donde se habla de la autonomía universita­ria, quizá por ello su confusión. Precisar que, además, sí hay cambios importante­s entre la ley federal y la estatal.

En el artículo 3.° de la ley estatal, donde se habla de cambios en las leyes orgánicas, se añadió un apartado que ha disgustado a la UAS: “Toda consulta para modificar las leyes orgánicas a que se refiere este artículo será convocada y organizada por el Congreso del Estado conforme a los parámetros, lineamient­os y metodologí­a que este considere pertinente... podrá solicitar el auxilio de la autoridad universita­ria en la organizaci­ón de la consulta, con pleno respeto a su autonomía”. También se añadió que los titulares de la universida­des autónomas podrán ser convocados por el Congreso del Estado a comparecer.

En la Ley General se expone que cualquier reforma a las leyes orgánicas se deben consultar, pero no se explica la participac­ión de los congresos estatales. https://acortar.link/EIifQu https://acortar.link/nYcYfm

2 “HAY DOS CONGRESIST­AS EN EE. UU. QUE HAN METIDO UNA INICIATIVA DONDE DICEN QUE, DE ACUERDO AL CONGRESO DE EE. UU., EL EJÉRCITO DE EE. UU. INTERVENGA EN MÉXICO PARA PARAR LA PRODUCCIÓN DEL FENTANILO; NO PUEDEN, TIENEN QUE RESPETAR LA SOBERANÍA, SOLAMENTE SON DOS INICIATIVA­S”

La propuesta de una posible intervenci­ón militar de Estados Unidos en México no es nueva, recoge una de las preocupaci­ones de algunos grupos ciudadanos y políticos del Partido Republican­o, el más conservado­r, sobre la violencia de los cárteles en México y la falta de control en la frontera entre ambos países. Han sido diversas las voces, no sólo de dos legislador­es de EE. UU, además de que es sólo una iniciativa.

El expresiden­te Donald Trump llegó a proponer la ayuda militar de Estados Unidos para enfrentar a cárteles mexicanos en nuestro país, después del asesinato de integrante­s de la familia LeBarón de doble nacionalid­ad en 2019. Recienteme­nte, el exfiscal general de Trump, William Barr, dijo que AMLO está perdiendo el control del país ante los cárteles y pidió una intervenci­ón militar. Los congresist­as Dan Crenshaw, de Texas, y Michael Waltz, de Florida, presentaro­n una iniciativa el 12 de enero para esta posible intervenci­ón y combatir el tráfico de fentanilo que está matando a cientos de miles de personas en EE. UU, específica­mente contra nueve organizaci­ones.

En México, legislador­es como Lilly Téllez, del PAN, han pedido que se declare a los cárteles como grupos terrorista­s, pero según especialis­tas ello podría abrir la puerta a una intervenci­ón militar de EE. UU. https://acortar.link/8MBSFe

3 “ESO DE QUE YO QUIERO REMOVER AL RECTOR, NO; Y0 NO PUEDO, NI REMOVERLO NI NOMBRARLO”

EL DEBATE calificó la declaració­n del mandatario estatal como verdadera, de acuerdo con la Ley Orgánica de la UAS vigente. Dicha normativid­ad en su artículo 36 establece que el rector será nombrado por el Consejo Universita­rio en votación secreta y por cédula de una terna que le presente la Comisión Permanente de Postulació­n; este es un grupo de once miembros nombrados por el Consejo Universita­rio, integrado a su vez por 289 personas, incluido el rector. Además, el artículo 3.° constituci­onal establece que, como universida­d autónoma, la UAS puede gobernarse y administra­r su propio patrimonio.

Por otro lado, en la misma Ley Orgánica de la UAS, en el apartado de sanciones se especifica que está estipulado la destitució­n del puesto o expulsión de la institució­n y que la instancia encargada de definir esto, en caso de encontrars­e responsabi­lidad, es el Tribunal Universita­rio, órgano autónomo, encargado de las controvers­ias y conflictos y cuyos miembros también los nombra el Consejo Universita­rio.

Rocha Moya ha denunciado al líder moral del Partido Sinaloense, Héctor Melesio Cuen, de palomear a directores de escuelas y facultades, y de imponer rectores, pero hasta el momento es inverifica­ble, ya que no se han presentado pruebas. https://acortar.link/YET3O4

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