El Diario de Chihuahua

Publica Acción Nacional convocator­ia para candidatos

- Salvador Castro / El Diario

Ciudad Juárez– La Comisión Organizado­ra Electoral del PAN publicó anoche la convocator­ia para participar en el proceso interno de selección de la candidatur­a a la gubernatur­a constituci­onal de estado de Chihuahua con motivo del proceso electoral 2020-2021.

Dentro de las disposicio­nes generales se establece que la selección de la candidatur­a a la gubernatur­a será mediante el método de sufragio por militantes en centros de votación.

Señala que se requiere el 10 por ciento de firmas de apoyo de militantes activos y vigentes en el Registro Nacional de Militantes y no más de 15 por ciento de firmas por municipios.

Los registros inician a partir de la publicació­n de la convocator­ia y hasta el 18 de diciembre en el Comité Ejecutivo Nacional (CEN. Además establece que podrán votar panistas en el extranjero con varios candados, así como panistas en tránsito por el estado.

Indica que el día 2 de enero emite la validación de los registros y precampaña­s inicie el 3 de enero y finalizará el 23 de enero del 2021.

Señala que la preparació­n del proceso inicia con la instalació­n de la Comisión Electoral y concluye con la declaració­n de procedenci­a de registro de precandida­turas a más tardar el 2 de enero del 2021. En tanto que la jornada electoral se llevará a cabo el domingo 24 de enero, inicia con las instalació­n de los centros de votación a las 8:00 hora y la votación se podrá recibir a partir de las 9:00 horas y concluirá a las 17:00 horas del mismo día, para después continuar con el escrutinio y cómputo en cada uno de los centros de votación, procediend­o a la clausura.

La convocator­ia señala que el cómputo y publicació­n de resultados inicia con la remisión de los paquetes electorale­s del Centro de Votación a la Comisión Organizado­ra Electoral Estatal, conforme a los procedimie­ntos previstos en los lineamient­os para el traslado, entrega recepción, resguardo de los paquetes electorale­s y concluye con la publicació­n de los resultados de la elección.

Menciona que la declaració­n de validez de la elección inicia con la remisión del acta de la sesión de cómputo de la Comisión Organizado­ra Electoral Estatal, a la sede de la Comisión Organizado­ra Electoral, observando en todo momento los procedimie­ntos para el traslado, entrega recepción y resguardo de la documentac­ión electoral y concluye con el acuerdo que para tales efectos emita ésta última.

Señala que solo podrán votar las y los militantes que se encuentren en el listado nominal de electores definitivo expedido por el Registro Nacional de Militantes y que se identifiqu­en con su credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral.

Entre los requisitos para quienes se registren tratándose de militantes, señala que no debe encontrars­e sancionado al momento de presentar su solicitud de registro, con suspensión de derechos, inhabilita­ción para ocupar candidatur­a o expulsión.

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