Quinquenio corralista, antiderechos humanos
LAS VIOLACIONES SE REGISTRARON EN CINCO MUNICIPIOS Y LA MAYORÍA OCURRIERON EN ESTA CIUDAD
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha emitido un total de diez recomendaciones dirigidas al gobernador Javier Corral Jurado por diversas violaciones a los derechos humanos, convirtiéndolo así en un quinquenio anti derecho humanista.
Las violaciones se registraron en cinco municipios y la mayoría los señalamientos ocurrieron en la capital con ocho, seguida por Ciudad Juárez con dos, mientras que Guadalupe y Calvo, Saucillo y Delicias aglutinan las restantes.
En dos recomendaciones los hechos iniciaron en Juárez
y concluyeron en la capital, mientras que en otra se contempla a los municipios de Saucillo y Delicias, dando un total de más de 400 afectados.
Acumula Estado 10 recomendaciones de la CNDH por violaciones en Hospital General, Policía Vial, contaminación en Rinconadas Los Nogales, etc
El 14 de agosto de 2017 la CNDH emitió la recomendación 29/2017 dirigida a Javier Corral y al presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), para evitar usar instalaciones para privación de la libertad que no sean en los centros de reinserción social establecidos.
Lo anterior después de que el 30 de agosto de 2016, se iniciará una queja de oficio con expediente CNDH/3/2016/6651/Q, se exhibiera una prisión ilegal que se encontraba en Ciudad Juárez. Le llaman Cerecito o Guantanamito, y es a donde trasladaban a los presos que ya cumplieron dos años en prisión preventiva y aún no son sentenciados.
En la recomendación además se solicita que la Fiscalía General del Estado instrumente protocolos acordes al Código Nacional de Procedimientos Penales, además de que se impartan un curso de capacitación al personal en derechos humanos.
Mientras que al presidente del TSJ, Jiménez Castro, se le pide que revisen todos los casos de las personas privadas de su libertad que se encontraban en los centros de arraigo.
Abusos en Policía Vial: recomendación 23/2018
La CNDH envió la recomendación 23/2018 a Javier Corral, por presuntos abusos de agentes de la Policía Vial en contra de una persona, luego de que la FGE rechazará una queja interpuesta ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH).
La recomendación solicita la reparación de manera integral el daño ocasionado al afectado, en los términos de la Ley de Víctimas del Estado de Chihuahua y su inscripción al Registro Estatal de Víctimas.
Asimismo pidió una investigación administrativa para determinar la posible responsabilidad en que incurrieron los elementos de la Dirección de Vialidad y Tránsito, que participaron en los hechos que dieron lugar a la recomendación estatal 60/2016.
Lo anterior se derivó por hechos cometidos el 20 de junio de 2016, cuando un hombre, en ese momento de 59 años y quien tiene una discapacidad músculo esquelética en el pie izquierdo, interpuso una queja en la que señaló a diversos elementos de la Dirección de Vialidad y Tránsito del Estado de Chihuahua al ser detenido y “brutalmente golpeado y humillado”.
Muerte de 3 recién nacidos: recomendación 25/2018
Por la inadecuada atención médica a cuatro recién nacidos pertenecientes a comunidades indígenas, que tuvo como desenlace la pérdida de la vida de tres de ellos en el Hospital Comunitario de Guadalupe y Calvo, la CNDH dirigió la recomendación 25/2018 a Corral Jurado el 2 de agosto de 2018.
Después de analizar diversas pruebas y testimonios, la CNDH consideró que hubo elementos suficientes para acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de los cuatro menores de edad y vulneraciones al derecho a la vida en perjuicio de tres de ellos por personal de salud.
La CNDH determinó que la falta de insumos y equipo para practicar diversos análisis clínicos a las víctimas, carencia y/o disfuncionalidad de incubadora, inexistencia de Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales en el hospital y diversas irregularidades como ausencia de registros o procedimientos para lavado, desinfección, esterilización y aseo de áreas y mobiliario, además de que los afectados fueron valorados por un médico residente sin la dirección y asesoría de un médico adscrito contribuyeron a la inadecuada atención médica y al fallecimiento.
Por lo anterior, la CNDH solicita al Gobernador de Chihuahua reparar integralmente el daño ocasionado a la menor de edad, a sus familiares y a los de los niños que perdieron la vida, que incluya atención psicológica, pago de indemnización y su inscripción en el Sistema Estatal de Atención a Víctimas del Delito.
Muerte de una embarazada: recomendación 78/2018
Por un recurso de impugnación, la Comisión dirigió la recomendación 78/2018 al gobernador y al presidente de la CEDH por el insatisfactorio cumplimiento de la Secretaría de Salud en reparación del daño por agravios contra una joven mujer embarazada que falleció por omisiones en su proceso de parto y puerperio, atribuibles a personal del Hospital Central Universitario.
Por estos hechos la CEDH dirigió la recomendación 61/2017 a la Secretaría de Salud, por vulneración en agravio de la joven y su responsabilidad por violaciones adicionales a los derechos a la protección de la salud por inadecuada atención médica.
Dicha autoridad aceptó la recomendación en su totalidad, pero no dio pruebas de cumplimiento, por lo que se interpuso el recurso de impugnación.
Tras ser valorado, la CNDH encontró elementos suficientes para emitir la recomendación al Gobierno del Estado por la violación al derecho a la salud, al derecho a una vida libre de violencia obstétrica y al derecho a la vida.
Además se le solicita realizar la reparación integral efectiva del daño a familiares de la víctima, se les inscriba en el Registro Estatal de Víctimas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación, conforme a la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, que incluya el pago de una compensación y/o indemnización.
Además de cumplir con los puntos primero, tercer y cuarto recomendatorios de la recomendación 61/2017 emitida por la Comisión local.
Violencia obstétrica: recomendación 28/2019
Ante una limitada recomendación del ombudsperson local para reparar integralmente el daño causado a una víctima de violencia obstétrica en el Hospital de la Mujer en Ciudad Juárez, quien casi un año después de su proceso de parto sufrió complicaciones de salud que provocaron su fallecimiento en el Hospital General de Chihuahua, la CNDH emitió la recomendación 28/2019 al gobernador del Estado y al presidente de la CEDH, Néstor Armendáriz Loya.
La instancia nacional constató que el personal médico no otorgó a la víctima atención adecuada, al omitir realizar un diagnóstico temprano y suministrar un tratamiento oportuno, lo que constituyó un acto de violencia obstétrica; además, el caso no fue debidamente investigado por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua para deslindar responsabilidades entre el personal de salud que la atendió.
Tras analizar el recurso de impugnación, la Comisión Nacional estableció que la reparación estimada por el organismo estatal no garantizó la máxima protección de la víctima y solicita que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare el daño a las víctimas indirectas. También que se emita una circular para que el personal médico se someta al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas; instruir a la Fiscalía Estatal para investigar de manera eficaz los casos que con motivo de sus atribuciones estén a su cargo y continuar con la integración de la Carpeta de Investigación para esclarecer los hechos.
A la CEDH se le pide emitir una circular a su personal para garantizar que en todos los casos se observen los pronunciamientos del organismo local, lo dispuesto en las Leyes General y Estatal de Víctimas; se establezca la procedencia de la reparación del daño de manera específica y se realicen las investigaciones procedentes con la debida diligencia.
Contaminación en Rinconada Los Nogales: recomendación 91/2019
La recomendación 91/2019 del pasado 10 de octubre de 2019, solicita la reubicación de los habitantes de la colonia Rinconada Los Nogales, luego de que el Gobierno del Estado de Chihuahua aceptara el pasado 12 de febrero en su totalidad los 18 puntos previstos en la recomendación por violaciones a los derechos humanos al medio ambiente sano, salud, vivienda e interés superior de la niñez, como resultado de la contaminación en Ávalos y la construcción del fraccionamiento Rinconada Los Nogales.
El mismo Gobierno estatal reconoció que había peligros a la salud por los polvos blancos disueltos en el aire o en el suelo arcilloso, la existencia de jales, que son de coloración amarillenta y la escoria negra o cerros negros de desechos. Todos esos materiales contienen arsénico, zinc y cadmio, que en altas concentraciones son nocivos para la salud.
La CNDH ordenó la remediación de la zona, así como la atención prioritaria a los vecinos que han padecido las afectaciones a su salud.
Por el desplazamiento forzado interno de 80 personas de una familia de 102 integrantes, la Comisión Nacional dirigió la recomendación 94/2019 a Corral y a la directora general de la Asesoría Jurídica Federal Encargada de Despacho en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Ana Pamela Romero Guerra.
Esta recomendación también va dirigida al fiscal general de Chihuahua, César Augusto Peniche Espejel, y a los alcaldes de Saucillo y Delicias, Manuela Aidé López de Anda y Eliseo Compeán Fernández, respectivamente.
Lo anterior debido a que las personas desplazadas son originarios de los municipios de Saucillo, Delicias y La Cruz, a quienes les violaron sus derechos de acceso a la justicia y a la verdad por inadecuada procuración de justicia atribuible a personal ministerial de la Fiscalía General.
Por este motivo dicha comisión recomendó realizar un diagnóstico que evidencie la situación actual en la que se encuentran las personas desplazadas y que hubiesen retornado.
Además de diseñar un programa de atención integral para reparar el daño a las víctimas. De manera particular, al gobernador e le pide diseñar un protocolo de actuación dirigido a las diferentes autoridades estatales y municipales encargadas de garantizar los derechos a la vida, salud, alimentación, vivienda y educación de las personas desplazadas, para que brinden atención a la población afectada de manera eficaz; analizar la pertinencia de presentar una iniciativa de Ley de Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado en esa entidad en que éste se tipifique como delito.
Adopción por parte de una pareja del mismo sexo: recomendación 18/2020
Tras un Recurso de impugnación se dirigió la recomendación 18/2020 al gobernador del Estado por el incumplimiento de la recomendación 3/2019, emitida por la CEDH, por parte de la directora general del Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
La CEDH emitió la recomendación 3/2019, luego de una mujer interpuso una queja el 13 de octubre de 2017, ya que solicitó ante el DIF Estatal la adopción de la hija de su pareja, pero tras realizarle los exámenes de idoneidad, no la aprobaron la prueba psicológica.
La Comisión Estatal emitió el 5 de febrero de 2019 la recomendación número 3/2019, dirigida a la directora del DIF en la que se determinó que se vulneraron los derechos humanos del solicitante, específicamente el derecho a la legalidad.
Tras su investigación y análisis de las evidencias, el organismo nacional acreditó que la autoridad provocó violaciones a la legalidad, a la igualdad y no discriminación, a la familia, a la identidad, al nombre y al interés superior de la niñez de las agraviadas por la directora del DIF Estatal. Por tanto, la CNDH recomendó al gobernador la reparación del daño.
Empleados de Utech: recomendación 20/2020
Javier Corral recibió la recomendación 20/2020 producto de tres recursos de impugnación por la no aceptación de las recomendaciones 48/2017, 63/2017 y 35/2018, emitidas por la CEDH.
El 1 de diciembre de 2017 fue notificada la negativa de la Secretaría de Educación, responsable de la recomendación 48/2017 por excluir a la víctima del proceso de promoción laboral, motivo por el cual en se inició el expediente CNDH/2/2018/69/RI.
La segunda recomendación fue el 19 de diciembre de 2017. Se notificó a la Universidad Tecnológica de Chihuahua (Utch) de la recomendación 63/2017 emitida por la Comisión Estatal y el 11 de enero de 2018 informó que no la aceptaba.
El 31 de enero de 2018 se presentó un recurso de impugnación ante esa comisión, por violentar su libertad sindical, motivo por el cual la Comisión Nacional inició el expediente CNDH/2/2018/207/RI.
La queja ante la CEDH fue presentada por 315 trabajadores de la Utech, quienes presentaron una solicitud ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para que se les reconociera como empleados sindicalizados y que les fue aceptada, lo cual no era del agrado de los directivos de dicha institución académica.
El tercer caso fue el 1 de junio de 2018. Se notificó al Instituto Chihuahuense de Infraestructura Física (Ichife) la recomendación 35/2018 emitida por la comisión local, y el 25 de junio de 2018 informó que no la aceptaba, en consecuencia, el recurrente 3 y recurrente 4 presentaron un recurso de impugnación ante esa comisión, donde señalaron que la rechazó indebidamente; motivo por el cual el organismo nacional inició el expediente CNDH/2/2018/462/ RI.
En este sentido la CNDH revisó tales Recursos de Impugnación, por hechos ocurridos en 2017 y 2018, y determinó que existen suficientes evidencias de que esas autoridades incurrieron en responsabilidad en el desempeño de sus funciones por no actuar conforme a sus atribuciones.
No investigan usurpación de identidad: recomendación 90/2020
La CNDH emitió la recomendación 90/2020 dirigida al presidente de la CEDH, Néstor Manuel Armendáriz Loya y a Javier Corral por la no aceptación de la recomendación 44/2019, por un caso de irregularidades en la ejecución de un convenio laboral entre el afectado, la empresa que le indemnizó y la Junta Especial Número1 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la entidad, debido a la insuficiente investigación realizada.
Los hechos ocurrieron en el mes de mayo de 2015, cuando el agraviado presentó una demanda laboral en contra de la empresa para la que trabajaba y se llegó a un acuerdo con la parte patronal para que el 7 de septiembre de 2015 se le realizara el pago a través de un cheque a su favor que sería depositado en la Junta; sin embargo, no le entregaron nada, pero el pago sí fue cobrado.
El organismo Nacional solicitó información a la autoridad a la que fue dirigida la recomendación 44/2019; sin embargo, ésta continuó con su negativa en la aceptación de la recomendación; asimismo, confirmó que fue insuficiente la investigación realizada por la Comisión local en el expediente de queja que dio origen a la referida Recomendación 44/2019.s
La CNDH recomendó al gobernador que en coordinación con la CEAVE repare de forma integral el daño a la víctima y que el caso se presente ante la Secretaría de la Función Pública del Estado. Mientras que al presidente de la CEDH se le solicita dar vista al Órgano Interno de Control a fin de que se inicie y substancie el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de quien resulte responsable.