Hubo dos mil juicios por violencia familiar en 2020
Un total de 2 mil 35 casos por violencia familiar han llegado a los Juzgados Familiares del Poder Judicial del Estado, esto en el periodo comprendido de enero a noviembre de 2020, de acuerdo a cifras publicadas por la Unidad Operativa del Tribunal Superior de Justicia.
Los datos señalan que la mayoría de los juicios se presentaron en el Distrito Judicial Bravos, con cabecera en Juárez, ya que se han registrado 929, mientras que el segundo lugar le corresponde al Distrito Judicial Morelos, con 476 casos, el resto se registraron en los otros distritos.
Asimismo las cifras muestran que el 95.6 por ciento de los imputados son hombres, esto al registrar mil 967, mientras que de mujeres son 91 y los casos con sentencia condenatoria son 207; es decir, más del 10 por ciento del total, de estos sólo dos son féminas.
De las sentencias condenatorias, el 54.6 por ciento corresponden al Distrito Judicial Bravos con 113, 55 son del Morelos, 18 del Hidalgo, 9 del Abraham González, 5 del Guerrero, 3 del Camargo, dos del Manuel Ojinaga, mientras que en el Arteaga y Benito Juárez fue un imputado en cada uno, además los casos de mujeres fueron en el Bravos y en el Hidalgo.
Cabe señalar que ese periodo se vincularon a proceso por el delito de Violencia Familiar a un total de mil 363 personas, de estas 55 son mujeres, en contra parte hay 78 hombres y 6 féminas que no fueron vinculados a proceso.
En este contexto, la cifra de las víctimas por estos casos fueron 2 mil 179, de estas el 87.9 por ciento son mujeres (mil 916), el 9.6 por ciento menores de edad (210), 2.4 por ciento hombres (51) y el resto (2) no fueron especificados.
Cabe señalar que el delito de violencia familiar esta contemplado en el Código Penal del Estado de Chihuahua en los artículos 193 y 194, dentro del título octavo que señala los delitos cometidos en contra de un miembro de la familia.
El artículo 193 establece que a quien ejerza algún acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, controlar o agredir de manera física, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, sobre alguna persona a la que esté, o haya estado unida, por un vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil; tutela o curatela; concubinato; o bien, que haya tenido o tenga alguna relación afectiva o sentimental de hecho, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y el tratamiento integral especializado enfocado a la erradicación de la violencia familiar.
Además el delito se perseguirá de oficio.
Mientras que el artículo 194 menciona que en cualquier momento, el Ministerio Público podrá solicitar a la autoridad judicial, la aplicación de medidas de protección para la víctima y esta última resolverá sin dilación.