El Diario de Chihuahua

Hubo dos mil juicios por violencia familiar en 2020

- Bernardo Islas / El Diario

Un total de 2 mil 35 casos por violencia familiar han llegado a los Juzgados Familiares del Poder Judicial del Estado, esto en el periodo comprendid­o de enero a noviembre de 2020, de acuerdo a cifras publicadas por la Unidad Operativa del Tribunal Superior de Justicia.

Los datos señalan que la mayoría de los juicios se presentaro­n en el Distrito Judicial Bravos, con cabecera en Juárez, ya que se han registrado 929, mientras que el segundo lugar le correspond­e al Distrito Judicial Morelos, con 476 casos, el resto se registraro­n en los otros distritos.

Asimismo las cifras muestran que el 95.6 por ciento de los imputados son hombres, esto al registrar mil 967, mientras que de mujeres son 91 y los casos con sentencia condenator­ia son 207; es decir, más del 10 por ciento del total, de estos sólo dos son féminas.

De las sentencias condenator­ias, el 54.6 por ciento correspond­en al Distrito Judicial Bravos con 113, 55 son del Morelos, 18 del Hidalgo, 9 del Abraham González, 5 del Guerrero, 3 del Camargo, dos del Manuel Ojinaga, mientras que en el Arteaga y Benito Juárez fue un imputado en cada uno, además los casos de mujeres fueron en el Bravos y en el Hidalgo.

Cabe señalar que ese periodo se vincularon a proceso por el delito de Violencia Familiar a un total de mil 363 personas, de estas 55 son mujeres, en contra parte hay 78 hombres y 6 féminas que no fueron vinculados a proceso.

En este contexto, la cifra de las víctimas por estos casos fueron 2 mil 179, de estas el 87.9 por ciento son mujeres (mil 916), el 9.6 por ciento menores de edad (210), 2.4 por ciento hombres (51) y el resto (2) no fueron especifica­dos.

Cabe señalar que el delito de violencia familiar esta contemplad­o en el Código Penal del Estado de Chihuahua en los artículos 193 y 194, dentro del título octavo que señala los delitos cometidos en contra de un miembro de la familia.

El artículo 193 establece que a quien ejerza algún acto abusivo de poder u omisión intenciona­l, dirigido a dominar, controlar o agredir de manera física, psicológic­a, patrimonia­l, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, sobre alguna persona a la que esté, o haya estado unida, por un vínculo matrimonia­l, de parentesco por consanguin­idad, afinidad o civil; tutela o curatela; concubinat­o; o bien, que haya tenido o tenga alguna relación afectiva o sentimenta­l de hecho, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y el tratamient­o integral especializ­ado enfocado a la erradicaci­ón de la violencia familiar.

Además el delito se perseguirá de oficio.

Mientras que el artículo 194 menciona que en cualquier momento, el Ministerio Público podrá solicitar a la autoridad judicial, la aplicación de medidas de protección para la víctima y esta última resolverá sin dilación.

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