Derecho ¿de dónde vienes?
Una mañana soldaron la puerta de la celda. El guardia buscó una vasija de cinco galones, la llevó a los presos para que orinaran y defecaran en ella; luego le agregó agua y subió al techo de malla de las celdas. La frialdad despertó a Valladares, estaba bañado de arriba abajo y sentado en un charco carmelitoso y pestilente. Por su cabeza y cara se deslizaban pedazos de excrementos. No pudo evitar, por la sorpresa, que le cayeran dentro de la boca. La fetidez llenaba la celda.[1]
Es el testimonio de Armando Valladares, quien pasó veintidós años en las cárceles de Cuba, únicamente por manifestar criterios distintos a los del régimen de Fidel Castro. Acciones de esta naturaleza no son nuevas, basta leer un poco acerca del derecho romano para darse cuenta que por la esclavitud algunas personas eran consideradas propiedad de otra persona llamado “dominus”, quien tenía “poder de vida y muerte sobre el esclavo”[2], de tal modo que podía castigarle, venderle o abandonar. Sobre temas crueles, inhumanos y degradantes el Censo Nacional de Derechos Humanos Estatal y Federal en el año 2020 reportó 4040 hechos de esta naturaleza, y en el año 2021 reportó 3101.[3]
Acciones como las anteriores, no son sino consecuencia de la falta de respeto hacia la dignidad humana, estas formas de negar o pretender disminuir la dignidad del ser humano, tienen como una causa de muchas, no entender o aceptar real y verdaderamente cuál sea el fundamento de los derechos humanos, lo que nos lleva a cierta ambigüedad; en otras palabras la falta de compresión de lo que es la fuente, de dónde emanan, pues el punto de quiebre acertado o equívoco, está en la base o fundamento en el que se sustentan los derechos humanos.
En el Derecho al igual que la Ética, el tema fundamental que acerca o aleja a las diferentes escuelas, legisladores o intérpretes, es pretender responder la pregunta ¿tienen los derechos o no, como fundamento la naturaleza del ser humano? Si es que consideran ésta como fundamento, y digo lo anterior, puesto que en algunos casos no sucede así, no obstante que el objetivo del derecho (su causa final o razón explicativa) son las personas humanas en razón de las cuales es elaborado.[4], sin estas el derecho no tiene razón de ser, ni siquiera existiría.
Robert Spaemann[5] comenta que para unos los derechos humanos son entendidos como una reivindicación que corresponde a cada hombre en razón de su ser, de su pertenencia a la especie homo sapiens, es decir, de una determinada actualización de características propias a partir de su naturaleza; para otros, son reivindicaciones que nosotros nos concedemos recíprocamente gracias a la creación de sistemas de derechos, con lo cual depende del arbitrio del creador de tal sistema de derecho en qué consistan estos derechos y cómo es limitado el ámbito de las pretensiones legítimas, es decir, quién es “hombre” en el sentido de la Ley, y quién no.
Para quienes legislan o interpretan el derecho es fundamental comprender y distinguir lo anterior, para tomar decisiones al respecto y elegir la postura correcta en cuanto adecuada a la realidad de lo que es el ser humano como fundamento del derecho; el problema es que a quien le corresponde decidir cuál sea el fundamento de los derechos humanos en ocasiones pareciera no importarle el verdadero saber y la verdad, sino sólo ser importante, sin que le preocupe que ello implique seguir a Vicente… ¿a dónde? A dónde va la gente.
[1] VALLADARES, A. CONTRA TODA ESPERANZA. BIOGRAFÍAS Y MEMORIAS. (1987). ESPAÑA. PLAZA & JANES EDITORES, S.A. Pág. 160-161.
[2] PETIT, E. TRATADO ELEMENTAL DE DERECHO ROMANO. (1977). ÉPOCA, S.A. MÉXICO. Pág. 77 y 78.
[3] https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cndhe/2022/doc/cndhe_2022_resultados.pdf
[4] FINNIS, J. ESTUDIOS DE TEORÍA DEL DERECHO NATURAL. (2017). Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. Pág. 81PBPB
[5] Spaemann, Robert. ""Sobre el concepto de dignidad humana"". Persona y Derecho, 19 (1988) : 13-33. https://hdl. handle.net/10171/12656.