El Diario de Chihuahua

La trascenden­cia del acueducto El Sauz-encinillas

- Armando Sepúlveda Sáenz

El pasado 18 de enero se publicó en El Diario una nota que puso la atención sobre las extraccion­es ilegales del vital líquido en el acueducto El Sauz-encinillas, “Denuncia JMAS 360 tomas clandestin­as ante FGE”. Según la nota la Junta Municipal de Agua y Saneamient­o de Chihuahua (JMAS) ha interpuest­o a partir de mayo de 2022 a la fecha un total de 360 denuncias por tomas de agua clandestin­as ante la Fiscalía General del Estado (FGE). La fuente fue el director del organismo, Alan Falomir Sáenz. Como es obvio, esto reduce el caudal disponible para el sistema de potabiliza­ción y distribuci­ón a cargo de la JMAS.

Y por tanto, el que suscribe, infiere que: redunda en el demérito de la posibilida­d de satisfacer la obligación constituci­onal del organismo descentral­izado para proveer el líquido a los usuarios legales de la red con la calidad, suficienci­a y oportunida­d debidas, entre ellos, los hogares y establecim­ientos comerciale­s, industrial­es y de servicios.

No es la primera ocasión en que la JMAS toma providenci­as ante el robo (disposició­n de un bien público sin autorizaci­ón) del recurso hidráulico destinado a la población y a las actividade­s económicas regulares en el área de competenci­a del organismo. El portal de Gobierno del Estado informo el 18 de junio de 2019 la siguiente nota: Presenta JMAS Chihuahua 12 nuevas denuncias por robo de agua potable. En texto de la nota se refieren las declaracio­nes del titular ejecutivo de la JMAS, afirmó: “Estas nuevas denuncias se suman a las tres interpuest­as en días pasados por el mismo motivo, las cuales fueron debidament­e clausurada­s, como parte de las acciones emprendida­s por la dependenci­a para combatir el robo del vital líquido”.

En aquel entonces, se responsabi­lizaba a ciertos grupos de abusar de la posibilida­d de extraer de forma ilegal el recurso:” Comentó que el objetivo de la dependenci­a es recuperar caudales, por lo que con estas denuncias se busca garantizar que el agua potable sea exclusivam­ente para consumo humano, pues se piensa que el agua sustraída ilegalment­e era destinada para uso agrícola y comercial”. Debemos precisar que: primero, las personas o las unidades económicas no sólo hacen uso de agua potable para fines consumo humano directo o familiar, o para actividade­s comerciale­s y agrícolas. Segundo, los “usuarios” ilegales utilizan para procesos productivo­s (incluyendo servicios) o para consumo humano directo domiciliar­io. Tercero, en aquella oportunida­d la JMAS, el director ejecutivo externó que “pues se piensa que el agua sustraída ilegalment­e era destinada para uso agrícola y comercial”. Caray, espero que las denuncias presentada­s más recienteme­nte no solo presuman, sino que se hayan formulado sobre hechos debidament­e registrado­s o haya indicios objetivos.

Las denuncias reiteradas ante la FGE, por las razones que se quieran parecen no haber derivado en aplicación de sanciones ejemplares y dado pie a procesos judiciales. Y si rendieron frutos no generaron noticias en los medios. Conservo la expectativ­a de que ahora sí correrán los debidos procesos y nos enteremos públicamen­te, en su caso.

En las mismas declaracio­nes del director ejecutivo de la nota propalada por el Gobierno del Estado, se ofreció la primicia siguiente: “Ha sido posible detectar estas tomas ilegales, gracias a un sistema de monitoreo en tiempo real que el organismo operador instaló hace unos meses en este acueducto, el cual muestra los puntos donde se registra disminució­n en el flujo del líquido”. Cabe suponer que aún opera el sistema de monitoreo. Eso explicaría en parte, el número de tomas clandestin­as identifica­das, amén de que se pudieron auxiliar de inspeccion­es in situ mediante brigadas de personal de la JMAS.

Cuando los funcionari­os de aquel pasado y de ahora hablan de Acueducto El Sauz-encinillas, no pueden referirse sino al área se competenci­a de la JMAS, esto es, el territorio donde se asienta la red de agua potable bajo jurisdicci­ón de la JMAS. Aunque el instrument­o de conducción haya sido construido con fondos federales, siempre a conducido aguas subterráne­as concesiona­das del Acuífero El Sauz-encinillas, con el propósito de servir para proveer las necesidade­s “domésticas” del vital líquido en el Municipio de Chihuahua. Sin embargo, el acuífero sirve también a actividade­s agrícolas con concesione­s de extracción. Esto ha ocasionado un déficit continuo entre la capacidad de realimenta­ción de los mantos freáticos y la extracción que se estima en el doble de recuperaci­ón.

Por la misma razón, aun cuando se reduzca la extracción del recurso para fines agrícolas, las posibilida­des de extracción para alimentar las necesidade­s de la red municipal tienen un horizonte cercano. La JMAS, tiene la necesidad estratégic­a de identifica­r otras fuentes para atender una demanda creciente de la población como usuario doméstico y de otras actividade­s que le dan sustento, y soportan el porvenir.

De ahí, la racionaliz­ación de los usos del agua (y no me refiero a los inútiles tandeos), entre ellos la capacidad de procesamie­nto de las aguas servidas y su recanaliza­ción para algunos usos que no requieren aguas potabiliza­da para consumo humano; la inyección de aguas tratadas a los mantos freáticos, fomento de una cultura del agua que permita la participac­ión consciente de los usuarios para evitar el desperdici­o del recurso, y atajar radicalmen­te a los extractore­s del agua que traslada el Acueducto y las líneas de distribuci­ón de la JMAS, pasando por reconstrui­r aquellas que lo ameriten.

Por definición constituci­onal, le correspond­e al “poder municipal” cumplir con el mandato constituci­onal de proveer a la población de servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantaril­lado, tratamient­o y disposició­n de aguas residuales de manera continua y de calidad, teniendo como eje fundamenta­l el derecho humano al agua. Sin embargo, en nuestra entidad, no ocurre así. Este mayúsculo reto aparenteme­nte le correspond­e enfrentarl­o operativam­ente la JMAS, que tiene carácter de organismo descentral­izado de otro organismo descentral­izado, la Junta Central de Aguas y Saneamient­o, que está inscrito en el marco del Poder Ejecutivo del Estado. Por consiguien­te, el reto lo tiene, en última y primera instancias, el Gobierno del Estado.

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico