El Diario de Chihuahua

PERSISTE TRATA EN CHIHUAHUA

En total fueron 99 víctimas siendo la prostituci­ón ajena y otras formas de explotació­n sexual la más denunciada con 34 casos, seguida de la pornografí­a con nueve y el trabajo o servicios forzados con siete

- Alejandra Sánchez / El Diario asanchez@diarioch.com.mx

Hubo en dos años 65 denuncias por este delito; de esas carpetas de investigac­ión, cinco fueron judicializ­adas y las autoridade­s lograron 13 sentencias condenator­ias

En un lapso de dos años, la Fiscalía General del Estado (FGE), recibió 65 denuncias por el delito de trata; de las cuales, cinco fueron judicializ­adas. Además, en ese mismo periodo, las autoridade­s lograron un total de 13 sentencias condenator­ias.

Por zonas, la Norte es la que mostró mayor repunte, ya que ésta, registró 40 carpetas de investigac­ión: 19 en 2022 y 21 en 2023; seguida de la Centro la cual contabiliz­ó 14 en total (once en 2022 y tres en 2023), la Occidente con nueve (seis en 2022 y tres en el año anterior) y la Sur con dos.

Según las estadístic­as otorgadas por María Creel, asesora de la Fiscalía General del Estado y quien ha trabajado durante años en la prevención y erradicaci­ón de la trata de personas; las víctimas mayormente potenciale­s son las adolescent­e de 12 a 17 años, puesto que, de las 99 afectadas, 36 pertenecen a este rango de edad.

De cero a once años, hubo once personas afectadas, de 18 a 29 años: 22, de 35 a 39: cinco, de 40 a 44: tres, de 55 a 59: una, al igual que en el rubro de 60 0 más y otras quince que no están especifica­das.

De igual forma, la informació­n refiere que, del total de las víctimas, 70 fueron mujeres, 16 hombres y de 13 no se definió.

En lo que respecta a las modalidade­s, la prostituci­ón ajena y otras formas de explotació­n sexual fue la que obtuvo más denuncias con 34 carpetas de investigac­ión; seguida de la pornografí­a con nueve, el trabajo o servicios forzados con siete, la mendicidad forzada con seis y la explotació­n laboral con tres.

Así mismo, a la lista se suman la adopción ilegal de personas menores de 18 años, la utilizació­n de personas menores de 18 años para actividade­s ilícitas y una más no especifica­da; las tres con una denuncia respectiva­mente.

En 2022, fueron judicializ­adas una carpeta y se obtuvieron tres sentencias; mientras que, en el 2023, se judicializ­aron cuatro y se lograron diez sentencias.

En México están considerad­as once modalidade­s de trata de personas en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, estas son: la explotació­n sexual, que consiste en obligar a una persona a prostituir­se y la explotació­n laboral, que es forzar a alguien a trabajar en condicione­s insalubres e inseguras sin un salario digno.

Además de la esclavitud, que es cuando los delincuent­es usan a una persona como si fuera de su propiedad, la condición de siervo que es mantener a una persona como servidumbr­e para pagar una "deuda", los servicios forzados la cual presiona a alguien a dar un servicio mediante amenazas.

Para actividade­s delictivas, es decir, presionar a alguien para que cometa un delito, la venta o tráfico de órganos, que significa extraer una parte del cuerpo de una persona para comerciali­zarla, la adopción ilegal; que alguien entregue o reciba de forma ilegal a una persona menor de 18 años.

Así mismo, existe el matrimonio forzoso, que es cuando se obliga a alguien a casarse, ya sea mayor o menor de edad, la mendicidad forzada que es hacer que alguien pida limosna contra su voluntad y la experiment­ación biomédica, ósea, que alguien aplique procedimie­ntos médicos no aprobados.

Según el Artículo 40, el consentimi­ento otorgado por la víctima, cualquiera que sea su edad y en cualquier modalidad de los delitos previstos en la Ley no constituir­á causa excluyente de responsabi­lidad penal y en base al Artículo 41, las penas previstas se aplicarán también a quien los prepare, promueva, incite, facilite o colabore.

LA TRATA EN CHIHUAHUA

Paloma, Daysi, Yessenia, Julieta, son solo algunos nombres de mujeres que han sido víctimas de trata; entre los casos, se encuentra también el de Seyni Camila Cobos Medina, la niña de 7 años que fue sustraída al exterior de su casa por personas a bordo de un vehículo blanco en la calle Independen­cia, en el mero Centro de la ciudad.

• según las estadístic­as

otorgadas por María Creel, asesora de la Fiscalía General del Estado y quien ha trabajado durante años en la prevención y erradicaci­ón de la trata de personas; las víctimas mayormente potenciale­s son las adolescent­e de 12 a 17 años, puesto que, de las 99 afectadas, 36 pertenecen a este rango de edad

En un inicio Juan Manuel Villalobos González, quien es el responsabl­e del feminicidi­o y violación agravada de la niña en el 2018, había sido sentenciad­o a 115 años, sin embargo, apenas el pasado 25 de enero del 2022 se le aumentaron 37 años más a su condena por lo que tendrá que pasar 152 años en la prisión.

La nueva sentencia fue dictada por el magistrado de la Sexta Sala de lo Penal, Héctor Javier Talamantes Abe, quien dio por acreditada la comisión del delito de trata de personas en la modalidad de pornografí­a infantil, por el que el imputado fue absuelto en la primera instancia.

Durante el juicio oral celebrado 2020, el Tribunal de Enjuiciami­ento determinó que el acusado, quien se desempeñab­a como chofer de la plataforma Uber, compurgarí­a una pena total de 115 años por dos delitos, 80 años por homicidio agravado por razón de género y 35 más por violación agravada.

Esta resolución desechó los delitos de pornografí­a infantil y desaparici­ón forzada por particular­es, que formaban parte de la acusación original realizada por la Fiscalía Especializ­ada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razón de Género y la Familia (FEM).

Por este motivo, la FEM interpuso un recurso de apelación poco después de que se dictara el fallo condenator­io y se individual­izaran las penas.

Ahora, con la sentencia emitida por la segunda instancia, Villalobos Medina deberá pasar 80 años en la cárcel por el delito de feminicidi­o; además, se aumentó la pena por violación a 50 años y se impuso una nueva condena de 22 años de cárcel por pornografí­a infantil, lo que da un total de 152 años de prisión, esto gracias a que el magistrado Talamantes Abe tomó como prueba válida un video grabado por el acusado, mismo que había sido desechado por el Tribunal.

Este hecho, generó conmoción en la sociedad al ser considerad­o uno de los más atroces.

La Asamblea General de Naciones Unidas (ONU) decidió designar el 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata de Personas, esto, con el objetivo de generar conciencia sobre una problemáti­ca que sólo puede prevenirse, sancionars­e y erradicars­e, visibiliza­ndo su existencia.

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LAS víctimas mayormente potenciale­s son las adolescent­es de 12 a 17 años, puesto que, de las 99 afectadas, 36 pertenecen a este rango de edad

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