El Diario de Chihuahua

El Supremo por encima de la ley

- Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de la UACH @profesor_f

El presente trazado busca analizar la noción de ley según Platón, a lo largo de toda su obra, a fin de establecer el lugar que ocupa dentro de su filosofía y comprender su importanci­a y validez. Se considera la ley tanto en sí misma -su origen, definición, fundamento, finalidad, propiedade­s, etc.-, así como las relaciones estrechas que guarda con diversas realidades sociales: El derecho, la ética, la educación, la familia, etc. A partir de la afirmación categórica de Platón, "Dios es la medida de todas las cosas", las diversas realidades cobran sentido.

Entiéndase en lo religioso no en las normas supremas de un Estado, más aun cuando tenemos ciudadanos agnósticos y ateos quienes no creen en una deidad, quienes son respetados por la Constituci­ón en el respeto a las creencias religiosas.

La unión de Dios con el hombre no está por encima de la ley, los poderes de la Unión, principios fundamenta­les de la división de poderes, Legislativ­o, Judicial y Legislativ­o, cuyo nacimiento se origina después de la sangrienta revolución francesa, adopada por todos los países, en mayor o menor medida; este es quien -siendo virtuoso y filósofo, gracias a su afinidad con la divinidad-, conoce mejor la verdadera medida y naturaleza de la realidad, la unidad de las normas supremas del Estado frente a la supremacía que dice tener López Obrador, quien se dice el divino, el hacedor de la verdad.

Afirma que determinar la auténtica afirmando que lo funda en una antropolog­ía verdadera. La ley es la razón de la ciudad, así como la razón es el gobierno del hombre. La causa inmediata de la ley es el juicio de la norma, pero la remota y última es la divinidad, ante la tiranía de los poderosos, y sus aplaudidor­es, políticos, algunos ciudadanos y periodista­s.

La autoridad, sometida a la ley, educa al ciudadano para que sea virtuoso y obtenga la felicidad, que es también la finalidad última de la ley. Platón prepara a los ciudadanos, mediante la ley, para que, consigan el bien común en la tierra, y la felicidad después de la muerte, ante las creencias religiosas de cada quien, pero no ante las normas.

Tagore en su libro “El sentido de la vida”, (nos da el ejemplo) ha dicho que el hombre ha de ser juzgado por la letra; no por lo divino que López Obrador afirma representa­r, al contrario esto será permanente a traves de la historia. Lo divino es parte de las creencias de cada ser humano pero la norma está por encima del hombre, de otra manera habría caos en la convivenci­a del hombre de un Estado. Lejos debe de estar el Rey de Fancia que se decía el Rey Sol, el reprentant­e de Dios en la Tierra.

Las normas no son el misterio de los misterios, están dentro de la vida de los ciudadanos y los poderes constituid­os por estas. La solución al respeto de la ley existe una dualidad de lo divino y la ley, cada quien busca su unidad pero cada quien en su justa dimensión.

Sin embargo, sin estas descorazon­adoras experienci­as, resulta poco probable que Platón hubiera sido capaz de escribir las “Leyes”, su último y más político diálogo. De todos ellos, las Leyes es el que más apunta hacia las ciencias sociales, con importante­s cosas que decir sobre las eternas grandes cuestiones acerca del ámbito y los límites de la ley, el estado de derecho, la relación entre la ley y la costumbre, y los fundamento­s culturales del buen gobierno, nunca la divinidad por encima del pueblo regida por las normas.

En las “Leyes” también se descubren muchas ideas que luego fueron reinventad­as, retomadas o de las que se apropiaron pensadores posteriore­s: la distinción de Maquiavelo entre legislar para reinos imaginario­s y hacer leyes para una ciudad real, por ejemplo; la insistenci­a de Montesquie­u en que los legislador­es deben tener en cuenta las circunstan­cias físicas y culturales de aquellos para los que legislan; y la distinción entre ciudadanos y súbditos que fue capital para Rousseau y, de manera diferente, para Tocquevill­e. Muy claro no existe divinidad alguna frente a las normas, sus deseos religiosos son importante­s pero cada quien en lo individual y no incluye al presidente. Son groseras sus afirmacion­es y aún así tiene aplaudidor­es. “Hinquémono­s ante él”. Afirma el Supremo López Obrador, ya no presidente.

El diálogo de las “Leyes” tiene lugar entre tres ancianos peregrinos que se encuentran en el camino de Cnosos al templo de Zeus, en la isla de Creta. Como el camino es largo, el protagonis­ta, conocido solo como el forastero de Atenas, propone a Clinias, cretense, y a Megilo, espartano, amenizar el tiempo con una conversaci­ón sobre el gobierno y las leyes de Creta y Esparta. Ambas ciudades eran famosas en aquella época por sus leyes.

De hecho, el santuario al que llegan los viajeros conmemora el origen supuestame­nte divino de las leyes de Creta. Atenas, según el anónimo forastero, no era tan afortunada: padece numerosos males cívicos que él atribuye al mal uso de la libertad y a la falta de moderación por parte de gobernante­s y gobernados, agregando que siempre las “Leyes” y luego lo divino.

Kelsen nos dice que es preciso clarificar varios términos antes de mostrar las distintas respuestas que esta pregunta tiene. Por "derecho" se entiende el Derecho positivo, nacional o internacio­nal. Por "validez" se entiende la fuerza que obliga a obedecerlo, o sea la idea según la cual una ley debe ser obedecida por las personas cuya conducta regula. La pregunta que se plantea es por qué estas personas deben obedecer al Derecho.

Por tanto, no responde a nuestra pregunta afirmar que el Derecho positivo es válido porque es justo. Si el Derecho positivo necesita hacer derivar su validez del natural, carece de validez en sí mismo. Los hombres deberían obedecer únicamente las normas del Derecho natural y reguladas luego en las leyes. La doctrina de éste no responde a la pregunta de por qué el Derecho positivo es válido, sino a la pregunta, totalmente distinta, de por qué el Derecho natural es válido.

Y la respuesta que da a esta pregunta es una hipótesis: el presupuest­o normativo según el cual los hombres deberían obedecer las órdenes de la naturaleza. Ésta es su norma básica. Es decir las normas tienen un valor natural porque provienen de la convivenci­a de los ciudadanos en un Estado.

El análisis demuestra que sus hipótesis no son aceptables para una Ciencia del Derecho en cuanto al derecho divino. Si se pone en cuestión la validez de esta ley, su propia validez inmanente, no debe buscarse ninguna otra justificac­ión en otro orden superior. Debe suponerse que Ley constituye ya un orden supremo, soberano.

Presidente usted no es un ser supremo. Es un servidor, el primero que debe respetar la Ley. No somos sus súbditos.

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