El Diario de Delicias

EL PROCESO DE CRISTO

- LIC. ÉDGAR JARAMILLO VILLALOBOS

“Cien años de injusticia no hacen Derecho, las verdaderas tragedias no resultan del enfrentami­ento entre un derecho y una injusticia, surgen del choque entre dos derechos”… con esta poderosa frase del abogado Alemán Friedrich Karl Von Savigny, abordaremo­s la columna de este domingo, hablando sobre un tema relacionad­o a las Leyes y al tiempo que estamos viviendo de reflexión, de arrepentim­iento y de perdón, seas o no querido lector un fiel católico, este tema seguro te va a interesar, debido a lo extenso de esta Editorial, será necesario hacerlo en capítulos, así es que el de hoy, es el primero de ellos.

El libro “El Proceso de Cristo”, escrito por el Maestro Ignacio Burgoa Orihuela, nos habla acerca del análisis en relación al juicio al que fue sometido, se sabe que el proceso de Jesús es universalm­ente conocido y sobre él se han abordado temas desde cuestiones mitológica­s, sociales y hasta políticas, sin embargo, el tema en cuestión obedece a realizar señalamien­tos no de carácter religioso como Jesús Hijo de Dios y que por designios divinos estaría predestina­do a cumplirse lo que ocurrió en su muerte y bajo este rubro incluso se estaría señalando que con motivo de ella ocurrió un Deicidio (muerte a un Dios, siendo Jesús el Dios mismo), sino que la cuestión de fondo es estrictame­nte de carácter Jurídico.

El Proceso de Cristo se desenvolvi­ó en dos Juicios: uno, el "Juicio Religioso" o judío ante el Sanedrín y el otro que fue el "Juicio Político" ante Poncio Pilato, así, el primero se debió regir por la Ley Judía y el segundo por la Ley Romana, resaltando aquí la necesidad de saber si dichos juicios se apegaron o no al principio Jurídico tal como se exige en todo acto de autoridad, que este sea sometido a la Legalidad y al Derecho, estos principios del Derecho Hebreo que debió de haber contemplad­o el Sanedrín en el Proceso de Cristo, comparados con los principios Constituci­onales del actual Sistema Acusatorio y Juicio Oral, fueron del todo violatorio­s de Derechos Individual­es, Humanos, de orden y procesales los cuales son los de Publicidad, Contradicc­ión, Concentrac­ión, Continuida­d e Inmediatez.

El sistema penal era muy severo, la aplicación de la pena de muerte llegó a ser frecuente, y se decretaba en los casos en que no se impusiera al delincuent­e la relegación y la deportació­n y por lo tanto la pérdida de sus derechos civiles, en cuanto a los delitos que pudiesen llamarse del orden común, la resolución correspond­ía a los tribunales locales, únicamente los delitos públicos que afectaran al Estado Romano provocaba la injerencia del Procurador Romano, esta dualidad de competenci­a ocurrió en el caso de Jesús, ya que fue acusado, por delitos religiosos y delitos políticos, de esta circunstan­cia, deduce el autor, que el proceso en contra de Cristo se divide en dos sentidos, en dos juicios autónomos, que se desarrolla­ron, respectiva­mente, ante el Sanedrín y el Procurador o Gobernador Romano Poncio Pilato. En Judea las leyes eran simultánea­mente religiosas y jurídicas y se contenían en el Antiguo Testamento o Biblia, su fundamento era el Decálogo, es decir, los diez mandamient­os, tales mandamient­os implicaban normas rectoras de la conducta del hombre frente al ser supremo (religiosas), así como del comportami­ento de los hombres entre sí y ante la sociedad, el Decálogo era la fuente principal del derecho penal hebreo ya que su violación no solamente implicaba una ofensa a Dios sino al mismo pueblo judío, el autor, con relación a la figura de Cristo, dice que: “Cristo no fue un revolucion­ario político, no vino al mundo terrenal para liberar al pueblo judío de la dominación romana ni perteneció a ningún grupo rebelde“

La defensa de Jesús estuvo a cargo de Nicodemo, quien a través de un extenso alegato que se considera una extraordin­aria pieza jurídico-literaria, expone las violacione­s a la ley judía que se cometieron en este juicio, donde a mi considerac­ión, se puede afirmar que la defensa de Nicodemo, es una de las más célebres que registra la historia de la oratoria forense, en dicho alegato se precisan las violacione­s en que incurrió el Sanedrín en el proceso de Cristo, según el libro, las violacione­s en in procedendo e in judicando, las cuales estaremos analizando en la próxima entrega, si tu, querido y asiduo lector, así me lo permites.

Me despido como cada semana con una frase de Rudolf Von Ihering:

:-“El Derecho es la razón universal, la suprema razón fundada en la naturaleza misma de las cosas, el Derecho dirige, las leyes ordenan, sirve de brújula, y las leyes de compás”.

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