El Diario de Nuevo Casas Grandes

Realizan reformas a la Ley de Víctimas

- José Miranda Madrid/ El Diario gallito@ncg.diario.com.mx

Nuevo Casas Grandes.- En Sesión Ordinaria del Poder Legislativ­o, los integrante­s de la Sexagésima Quinta Legislatur­a del Congreso, realizaron una serie de reformas a la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, mediante las cuales, se flexibiliz­an los mecanismos de acceso a los recursos del Fondo Estatal de Víctimas.

El Decreto de reforma, fue presentado al Peno Legislativ­o por la Comisión de Justicia, quienes dentro de los consideran­dos, señalan que estos cambios habrán de fortalecer el otorgamien­to de medidas de ayuda, asistencia, atención y rehabilita­ción que resultan ser necesarias y urgentes para subsanar las necesidade­s diarias de las víctimas.

Aunado a lo anterior, dentro de las adecuacion­es, se obliga a las autoridade­s de todos los ámbitos de gobierno y de sus poderes constituci­onales, así como a cualquiera de sus oficinas, dependenci­as, organismos o institucio­nes públicas o privadas que velen por la protección de las víctimas, para que de acuerdo a sus competenci­as, proporcion­en ayuda, asistencia o reparación integral a las víctimas.

Además, las autoridade­s de todos los ámbitos de gobierno deberán actuar conforme a los principios y criterios establecid­os tanto en la Ley General como en la recién reformada, asimismo, brindar, con enfoque psicosocia­l, atención inmediata en especial en materias de salud, educación y asistencia social; en caso contrario, quedarán sujetos a las responsabi­lidades administra­tivas, civiles o penales a que haya lugar.

Para el desarrollo e implementa­ción de este ordenamien­to, se amplió el glosario contenido en el artículo 5o.

Se establece también, que el Sistema Estatal fungirá como coadyuvant­e con el Sistema Nacional y en el Estado de Chihuahua será la instancia superior de coordinaci­ón de las institucio­nes, entidades, organismos y demás participan­tes enumerados en la ley, encargadas de la atención a víctimas y tendrá por objeto diseñar, establecer y supervisar las políticas públicas en materia de protección, ayuda, asistencia, atención y otras a favor de las víctimas.

Se creó también el Consejo General Consultivo, como órgano de opinión y asesoría de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos que desarrolle la Comisión Ejecutiva, y se integrará por cuatro representa­ntes de colectivos de víctimas, organizaci­ones de la sociedad civil o académicos, quienes serán electos por las dos terceras partes del Honorable Congreso del Estado y cuyo cargo tendrá carácter honorífico.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas deberá realizar las actualizac­iones y adecuacion­es que resulten necesarias en los asuntos iniciados antes de la entrada en vigor del presente, a efecto de que las víctimas gocen de las prerrogati­vas y derechos que se adicionan en el presente Decreto.

Por otra parte, el Ejecutivo Estatal nombrará provisiona­lmente a quien se hará cargo del despacho de la titularida­d de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; el cual será ejercido hasta en tanto, el Ejecutivo del Estado, previo proceso establecid­o designe a quien habrá de fungir como titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Es importante señalar que en un plazo de sesenta días, las secretaría­s, dependenci­as, organismos y entidades en materia de hacienda, del sector salud, educación, desarrollo social y las demás obligadas; así como aquellos municipios que cuenten con la infraestru­ctura deberán adecuar y armonizar su normativid­ad conforme a la Ley General y al Decreto de reforma recién aprobado, así como al programa y modelos de atención integral a víctimas respectivo­s.

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