El Diario de Nuevo Casas Grandes
Gana pero impugna el PAN en Casas Grandes
Alega que en dos casillas no se le dejó votar a sus representantes y que apertura tarde impidió más sufragios y eso afectó las elecciones
Casas Grandes.- Pese a haber ganado la elección, el partido Acción Nacional (PAN), interpuso ante el Instituto Estatal Electoral (IEE) un Juicio de Inconformidad en contra de los resultados del cómputo de la elección de Ayuntamiento de este municipio.
El escrito de demanda fue recibido en la Oficialía de Partes del IEE en la capital del estado a las 23:49 horas del pasado martes y una copia del documento se fijó a la 1:00 de la tarde de anteayer en los estrados de la Asamblea Muni- cipal Electoral.
En la exposición de argumentos el representante del PAN señala que a representantes de ese partido acreditados oportunamente en las casillas básicas 241 y 251 durante la jornada electoral del 1 de julio, se les impidió votar “ocasionando que esa negativa fuera determinante para el resultado de la votación”.
Asimismo, expone que se les impidió a los ciudadanos ejercer su derecho a votar, en virtud de que las casillas no estuvieron abiertas en el horario establecido por la legislación electoral (08:00) y esa apertura tardía no permitió emitir su sufragio a un número determinado de personas.
Bajo este supuesto, en la demanda se establece que al aperturarse tardíamente ambas casillas, se impidió a un promedio de 32 personas en la casilla 241 y en la 251 a un promedio de 39, que emitieran su voto.
Asimismo, se considera, desde el punto de vista del PAN como determinante tal situación, ya que el total de votos emitidos en la casilla 241 fue de 400, mientras que en la 251 fue de 352, y la diferencia entre el primero y segundo lugar de la votación fue de 21 votos en la primera y de 37 en la segunda.
De tal suerte que se apela a la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en su artículo 383 que señala: “La votación de una casilla será nula cuando se acredite cualesquiera de las siguientes causales: y en el inciso k) se precisa: impedir, sin causa justificada, el ejercicio del derecho al voto a los ciudadanos y esto sea una determinante para el resultado de la votación.”
Lo anterior en virtud de que presuntamente se causa agravio al PAN el que las distintas casillas que se señalan (241 y 251), durante la jornada electoral del 1 de julio “se impidió el ejercicio del voto a los ciudadanos sin causa justificada”, y ello fue determinante en el resultado de ambas casillas.”