Decisión de la SCT fue ilegal: Rivada
CONSORCIO RIVADA insistió en que su descalificación de la licitación de la Red Compartida constituyó una determinación ilegal de la dirección general de Política de Telecomunicaciones y Radiodifusión de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Rivada dio como referencia que el Artículo 134 de la Constitución federal establece como regla y principio fundamental de la contratación pública el contraste de más de una propuesta a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones.
Al respecto, cuestionó “cómo pueden asegurarse al Estado y a la sociedad las mejores condiciones de cobertura, si únicamente se evaluó una propuesta”.
Del artículo 52 de la Ley de Asociaciones Público-Privadas mencionó que establece que no deberán desecharse propuestas de concursantes por cuestiones formales que no afecten la validez y solvencia de las propuestas. Es decir, que existe un mandato expreso del legislador federal para que no se proceda a descalificar a participante alguno en un concurso de APP, salvo que la deficiencia de su propuesta afecte los valores fundamentales de validez y solvencia.
Incluso dijo que el artículo 53 de la misma Ley de APP establece la facultad de la entidad convocante para prevenir a los participantes en el proceso y para solicitarles aclaraciones o información adicional, siempre que no se trate de cuestiones sustantivas que afecten la validez y solvencia de las propuestas.
El consorcio insistió en que sí exhibió la garantía de seriedad por 1,000 millones de pesos, mediante carta de crédito standby irrevocable a favor de la Tesorería de la Federación, en los términos de las bases. “Si bien es cierto que esta garantía se exhibió unos días después de la presentación de las ofertas técnica y económica, ello no afecta la validez y solvencia de la propuesta del consorcio. La seriedad y veracidad sí están efectivamente garantizadas ante la entidad convocante”, detalló.