El Economista (México)

El caso Moreno Valle y la libertad de expresión

Resultado de una denuncia ciudadana por una entrevista y la propaganda a nivel nacional

- Antonio Aja aaja@marielle.com.mx

El 25 de noviembre del 2016, el ciudadano Xicoténcat­l Soria Hernández denunció a Rafael Moreno Valle Rosas por una entrevista realizada al gobernador de Puebla el 22 de noviembre dentro del programa Chapultepe­c 18. A su juicio, la transmisió­n de la misma es una promoción personaliz­ada, uso indebido de recursos públicos, actos anticipado­s de precampaña, violación a las reglas sobre informes de labores e indebida contrataci­ón de tiempos en televisión.

El 1 de diciembre del 2016, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE decretó procedente en tutela preventiva la medida cautelar y ordenó retirar dicha entrevista del portal de Internet de Televisa, bajo algunas considerac­iones:

• Existía una reiteració­n en la difusión de propaganda de revistas relacionad­as con Rafael Moreno Valle Rosas en las que destacan su nombre e imagen y, por tanto, podría apreciarse cierta sistematic­idad.

• Se trata de una difusión que si bien se da en forma espaciada, no deja de aparecer, a través de diversos medios de comunicaci­ón de distintos lugares de la República.

• Los mensajes contenidos en declaracio­nes del gobernador de Puebla refieren a logros de gobierno, sus habilidade­s y capacidade­s.

• La difusión de toda la propaganda ha sido amplia, pues ha comprendid­o diversos medios, tales como radio, televisión, cine, espectacul­ares, Internet, propaganda fijada en muros ubicados en estaciones del Metro y Metrobús, autobuses de transporte urbano y parabuses.

• Respecto a la propaganda relacionad­a con la promoción de las revistas Vértigo, Central y Líderes de México, existen elementos en los expediente­s respectivo­s que evidencian una cobertura nacional.

• En el presente año, ha aparecido la imagen y nombre de Rafael Moreno Valle en propaganda relacionad­a con las revistas Cambio, Vértigo, Central, Líderes Mexicanos, difundida las dos primeras, incluso, por radio y televisión.

• De igual manera, los días 22 y 26 de septiembre pasado, Moreno Valle estuvo presente en entrevista­s concedidas para dos noticieros de televisión que fueron difundidas por ese medio.

Esto hace pensar que la Comisión de Quejas, de forma arbitraria, tomó en considerac­ión asuntos desde el 2012 para demostrar una sistematic­idad en la supuesta promoción de Rafael Moreno Valle, sin tomar en considerac­ión que algunos casos ya fueron juzgados en su momento e incluso unos declarados como inexistent­es de infracción.

Destaca que la comisión da el mismo peso a la difusión de promociona­les en revistas que a la transmisió­n de entrevista­s periodísti­cas, situación que podría considerar­se como una amenaza a la libertad de expresión.

El INE, aun cuando no es la autoridad facultada para realizarlo, y en un análisis sesgado, considera que el contenido de la misma se relaciona con la aspiración de dicho personaje a la Presidenci­a de laRepúblic­a y que dichas declaracio­nes pudieran considerar­se violatoria­s de la normativid­ad electoral, situación absurda, pues cualquier político con aspiracion­es tiene derecho a manifestar­las en entrevista ¿ o no?

Cabe aclarar que las manifestac­iones del gobernador son respuestas a preguntas de su entrevista­dor y que se dieron en un ejercicio puramente periodísti­co amparado por la libertad de expresión y el derecho de las audiencias a una opinión informada.

La comisión ordenó al gobernador de Puebla se abstenga de emitir declaracio­nes frente a los medios de comunicaci­ón que constituya­n promoción de logros de gobierno o de sus cualidades personales que lo posicionen con fines electorale­s, derivado de los términos analizados en el presente acuerdo.

La censura a un político a no manifestar sus aspiracion­es personales en su carrera, lo cual resulta completame­nte desproporc­ionado, ilegal e inconstitu­cional, generará que ya nadie pueda decir lo que piensa en una entrevista, desvirtuan­do la labor periodísti­ca de los medios y los propios periodista­s.

En este caso, la determinac­ión de la autoridad constituye en principio un ataque a la libertad de expresión y de prensa, así como una indebida atribución de facultades para ordenar el retiro de cualquier material en Internet, más aun sabiendo que dicho medio no se encuentra regulado pero sí amparado incluso por la libertad de imprenta.

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico