Proyecto de trata contaba con aval
TURNAN DICTAMEN A SAN LÁZARO
LAS REFORMAS a la ley contra la trata de personas, a la cual el PRI y sus aliados en la Cámara de Diputados impidieron su aprobación, tenían el respaldo de la PGR, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, así como del Departamento de Estado de EU.
El Economista tuvo acceso a los documentos con opiniones que emitieron esas tres instituciones respecto de las reformas aprobadas por el Senado de la República el pasado 27 de octubre.
En sus oficios, las tres instituciones coinciden en calificar como positivo el tipo penal de la trata de personas aprobado, su apego a los tratados internacionales, y descartaron excarcelaciones en automático de actuales presos por ese delito.
Lo anterior contrasta con el argumento ofrecido el miércoles por el coordinador del PRI en la Cámara de Diputados, César Camacho Quiroz, quien anunció un bloque legislativo para impedir la aprobación de esas reformas por considerarlas riesgosas paras las víctimas de trata y por posibles excarcelaciones.
En su oficio, el representante de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Antonio Mazzitelli, afirmó que los medios comisivos aprobados en el artículo 10 de la ley contra la trata “van en el sentido correcto”.
Sobre las posibles excarcelaciones, Mazzitelli afirmó que la ley como tal no permite las excarcelaciones en automático, sino que dependen de la deliberación de los jueces.
“Si bien es cierto que la trata de personas es un delito grave en el que los sentenciados no tienen derecho a la excarcelación, es menester considerar que los medios comisivos quedan sujetos a la libre valoración de la prueba por parte de los jueces , por lo que juegan un papel fundamental las pruebas ofrecidas y el desahogo de las mismas por parte de la fiscalía”, afirmó.
Por su parte, en un oficio, el subprocurador jurídico de la PGR, Alberto Elías Beltrán, afirmó que la actual legislación era confusa sobre la realización del ilícito cometido, por lo que los medios comisivos aprobados por el Senado iban en el sentido correcto: “Se abona en objetividad, a efecto de que tales conductas delictivas sean descritas con mayor precisión en el tipo penal, lo que permitiría al Ministerio Público acreditar correctamente la comisión del ilícito”.
Sobre la percepción de excarcelaciones, el funcionario de la PGR refiere: “No genera excarcelaciones automáticas de las personas que actualmente tienen sentencias condenatorias por esos delitos”.
Sobre la percepción de daño a las víctimas que generaría las reformas, el subprocurador refirió que los medios comisivos contemplados permiten al Ministerio Público lograr el esclarecimiento de los hechos; se proteja al inocente; se procure que el culpable no quede impune y se asegure la reparación del daño causado a las víctimas.
Finalmente, la embajadora de EU en México, Roberta Jacobson, solicitó la opinión del Departamento de Estado, (DOS, por su sigla en inglés), institución que hizo el siguiente pronunciamiento: “Estamos de acuerdo con el dictamen del Senado que la definición de la trata de personas debe estar totalmente en armonía con la definición contenida en el Protocolo de Palermo; o sea, la trata de personas se define como la captación, el transporte, la acogida o la recepción de personas recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o a otras formas de coacción, al rapto, al fraude o al engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios con fines de explotación”.