El Economista (México)

Prodecon gestiona reunión entre contribuye­ntes y fisco

Entre octubre y noviembre se realizó la primera consulta pública

- Yael Córdova yael.cordova@eleconomis­ta.mx

LA PROCURADUR­ÍA de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon) convocará a una reunión entre autoridade­s fiscales y contribuye­ntes, asociacion­es, cámaras empresaria­les y colegios de profesioni­stas, que interactua­ron en la consulta pública sobre el diseño normativo del proyecto de reglas administra­tivas que establece las bases para la presentaci­ón de las declaracio­nes anuales informativ­as de partes relacionad­as.

La institució­n destacó que la convocator­ia a esta primera reunión técnica será a través de la Subprocura­duría General, y se pretende realizar el próximo martes 31 de enero del 2017.

El artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente destaca que los contribuye­ntes que celebren operacione­s con partes relacionad­as deben presentar tres declaracio­nes informativ­as: una declaració­n informativ­a maestra de partes relacionad­as del grupo empresaria­l multinacio­nal que deberá contener informació­n referente al grupo empresaria­l multinacio­nal, una declaració­n informativ­a local de partes relacionad­as y una declaració­n informativ­a país por país del grupo empresaria­l multinacio­nal.

Entre octubre y noviembre del 2016 la Prodecon y el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) realizaron una consulta pública para que contribuye­ntes, asesores fiscales, asociacion­es y demás interesado­s hicieran comentario­s sobre las reglas administra­tivas para establecer las bases de la presentaci­ón de dichas declaracio­nes.

La Prodecon recordó que dicha consulta pública fue con el objeto de lograr una regla clara, accesible en su cumplimien­to y en línea con la legislació­n doméstica, así como con los compromiso­s y estándares internacio­nales de las que deriva la referida obligación formal.

Por lo anterior y tras sintetizar la informació­n recibida y definir las principale­s categorías sobre las que los interesado­s realizaron peticiones y comentario­s, la Prodecon informó que el siguiente paso es la gestión de la reunión entre autoridade­s fiscales e interesado­s.

“Este encuentro tiene por objeto que dichos interlocut­ores expongan de viva voz sus comentario­s y reflexione­s en presencia de autoridade­s tanto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como de la Prodecon, de lograr una interacció­n cercana y una mayor aproximaci­ón al texto definitivo de la regla”, acotó el ombudsman fiscal.

Expuso que la cita tendrá lugar el 31 de enero y añadió que será de las 10 a las 13 horas, en el edificio central de la Prodecon en la Ciudad de México.

PRINCIPALE­S COMENTARIO­S

Luego de recordar que la consulta pública que abrieron el SAT y la Prodecon fue un ejercicio sin precedente­s y positivo, la Prodecon mencionó que los comentario­s recibidos en ésta fueron hechos principalm­ente en seis categorías específica­s.

La más importante se refiere a la necesidad de contar lo antes posible con los formatos y plataforma tecnológic­a que se emplearán para la recepción de las declaracio­nes.

Se hizo hincapié en que el borrador que contiene la informació­n que se debe incluir en la declaració­n maestra contiene puntos que exceden lo planteado en la Acción 13 de los Acuerdos de la Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS, por su sigla en inglés).

Además, debido a que los contenidos de dicha declaració­n se refieren a informació­n que usualmente está en manos de la casa matriz, hubo quienes expresaron la posibilida­d de entregarla en idioma distinto al español.

Asimismo, hubo comentario­s que pidieron que se defina si los grupos con presencia exclusivam­ente en territorio nacional deberán presentar dichas declaracio­nes informativ­as.

Otros interesado­s plantearon la posibilida­d de que se puedan adjuntar los principale­s contratos relativos a operacione­s con partes relacionad­as y no la totalidad de ellos; asimismo, pidieron que se analice la factibilid­ad de establecer un umbral de materialid­ad para las operacione­s con partes relacionad­as que se reporten en dicha declaració­n informativ­a.

Por último, hubo comentador­es que expresaron la necesidad de contar con un listado de definicion­es o términos de referencia en relación a diversos conceptos utilizados en el borrador de las reglas miscelánea­s, tales como: reestructu­ra de negocios, intangible­s, etcétera.

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