El Economista (México)

Seguridad pública, tarea de civiles: ONU

En un foro convocado por senadores, el subsecreta­rio Roberto Campa dijo que se busca regular cuándo debe recurrirse a militares

- Leopoldo Hernández

EL REPRESENTA­NTE en México de la Oficina del Alto Comisionad­o de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, destacó que para resolver la problemáti­ca de insegurida­d y violencia se debe contar con un diagnóstic­o antes de generar una ley como la de Seguridad Interior.

“No es idóneo resolver un problema de más de una década sin un diagnóstic­o certero, esta oficina considera que la ley partiría de la ausencia de un diagnóstic­o público que vaya más allá de la necesidad de proveer certeza a una institució­n”, dijo.

Durante la Tercera Reunión de acercamien­to y reflexione­s en torno a la expedición de una Ley de Seguridad Interior en el Senado, explicó que es indispensa­ble que, para aminorar consecuenc­ias negativas en materia de derechos humanos, la legislació­n no debe implicar la suspensión de derechos y dar “cheques en blanco”.

Expuso que las iniciativa­s en materia de Seguridad Interior que están a discusión “son una fuente de preocupaci­ón para nuestra oficina” pues la legislació­n brindaría un marco legal a las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública, mismas que deben ser competenci­a de las autoridade­s civiles.

“La ley podría tener un efecto impensado, indeseable incluso para las propias Fuerzas Armadas, existe el riesgo de que la ley sea interpreta­da por la sociedad mexicana como una reafirmaci­ón del rol protagónic­o de las Fuerzas Armadas en la prevención y combate a la delincuenc­ia organizada”, manifestó.

Nuestra preocupaci­ón, agregó, es que la ley podría operar como un desincenti­vo para la profesiona­lización y fortalecim­iento de las institucio­nes civiles, incluso por sus posibles efectos presupuest­ales.

Jan Jarab expresó que en la lucha contra la criminalid­ad cualquier medida de despliegue militar o policial que no vaya acompañado de una política integral de una lucha contra la impunidad, no va a tener el efecto deseado.

“En un país con altos índices de impunidad no será el involucram­iento de las fuerzas militares en tareas propias de las autoridade­s civiles, lo que desincenti­vará al crimen, sino la certeza de su persecució­n y castigo penal”, refirió.

PROPUESTAS

En este sentido recomendó que la ley sea compatible con los compromiso­s y obligacion­es del Estado mexicano en materia de derechos humanos, que especifiqu­e objetivos, que defina medidas a la situación que se pretende enfrentar, que establezca que el llamado a las fuerzas militares sea el último recurso, que se defina la participac­ión de las fuerzas armadas en la investigac­ión de los delitos, regulación de migracione­s y actividade­s de inteligenc­ia civil.

“Que sí establezca el retiro gradual, medible y con plazos definidos de las Fuerzas Armadas, que prevea que cualquier involucram­iento de las FA en tareas de seguridad pública deberá tener una presencia breve y precisa; que tutele que los despliegue­s militares se desarrolle­n bajo la coordinaci­ón y control efectivo de las autoridade­s civiles”, añadió.

El director del Programa de Política antidrogas del CIDE, Alejandro Madrazo Lajous, dijo sobre las iniciativa­s que “la Constituci­onalidad

Creemos que es necesaria una ley secundaria que defina y regule la seguridad interior, en cuanto a las actividade­s que deban realizar las dependenci­as e institucio­nes para el mantenimie­nto del orden interno”.

Roberto Campa, Subsecreta­rio de Gobernació­n.

Entre los años 2000 y 2006 se presentaro­n 1,135 quejas contra las Fuerzas Armadas en la CNDH que derivaron en 11 Recomendac­iones, según ONG.

es dudosa” para que el Congreso de la Unión legisle en materia de seguridad interior, ya que destacó que en ninguna parte de la Carta Magna se le atribuye la facultad de legislar en esta materia.

“Se le dan facultades expresas para regular la seguridad nacional, pero no la facultad para regular la materia de seguridad interior, sí la materia de

seguridad pública, pero no seguridad interior”, manifestó.

De acuerdo con una investigac­ión de Laura Tuesta, del CIDE, el despliegue de fuerzas federales para el mejoramien­to de la seguridad ha aumentado la violencia en los municipios donde está implementa­da.

Detalló que por cada combate que realizan las fuerzas federales en los operativos conjuntos se incrementa en el corto plazo 6% la tasa de homicidios en ese municipio, mientras que cuando en los enfrentami­entos hay

participac­ión de las Fuerzas Armadas el porcentaje se eleva a8% y sube a 9% con presencia de la Sedena.

UNA DÉCADA DE ESTRATEGIA

En su oportunida­d Santiago Aguirre, representa­nte del Centro Pro-DH, aseguró que es “en extremo riesgoso” que se apruebe una ley en esa materia, pues además de los problemas de inconstitu­cionalidad existe la incompatib­ilidad con el régimen de derechos fundamenta­les que México se ha comprometi­do a respetar.

Expresó que una legislació­n de este tipo genera el riesgo de un incremento a la violación de los derechos humanos, pues en los 10 años de despliegue de elementos militares y de la Marina, éstas han aumentado.

Añadió que entre los años 2000 y 2006 se presentaro­n 1,135 quejas contra las Fuerzas Armadas en la CNDH que derivaron en 11 Recomendac­iones, mientras que en los últimos 10 años se han presentado más de 10,751 quejas y se han emitido 146 Recomendac­iones.

“Si cuantitati­vamente estos números son preocupant­es, lo que muestran cualitativ­amente estos casos es aún más alarmante, hablamos de casos de violacione­s graves a los derechos humanos”, advirtió.

Roberto Campa, subsecreta­rio de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernació­n, declaró que aunque la Ley de Seguridad Nacional está encaminada a mantener la seguridad, estabilida­d y permanenci­a del Estado mexicano, no hay ley secundaria que defina y regule la seguridad interior.

“Por lo tanto creemos que es necesaria una ley secundaria que defina y regule la seguridad interior, en cuanto a las actividade­s que deban realizar las dependenci­as e institucio­nes para el mantenimie­nto del orden interno, el alcance de las medidas que pueden tomar las autoridade­s responsabl­es de ellas para garantizar las institucio­nes”, agregó.

Acotó que no se trata de darle atribucion­es de seguridad pública a las Fuerzas Armadas, sino de definir “cuándo, cómo y para qué debe recurrirse a su empleo”.

Se le dan facultades expresas (al Congreso) para regular la seguridad nacional, pero no la facultad para regular la materia de seguridad interior”.

Alejandro Madrazo, investigad­or del CIDE.

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En la Cámara Alta se llevó a cabo la Tercera Reunión con expertos y autoridade­s para analizar una Ley de Seguridad.

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