El Economista (México)

Legislador­es en CDMX, sin fuero

- Salvador Corona

DENTRO DE la Constituci­ón de la Ciudad de México se incluirá que los servidores públicos y legislador­es no contarán con fuero y por ende podrán ser juzgados como cualquier otra persona al cometer una falta administra­tiva o delito.

El pleno de la Asamblea Constituye­nte aprobó con 74 votos a favor y uno en contra la llamada eliminació­n del fuero para los servidores públicos de la ciudad y quedará plasmado en el artículo 72, numeral 2 de la nueva Carta Magna.

Durante su aprobación, los legislador­es aseguraron que esto tiene por objetivo evitar que los funcionari­os públicos abusen de su posición política en un futuro, y es que por años esto ha permitido generar un ambiente de impunidad e injusticia.

En la redacción del artículo también se incluyó que los funcionari­os de gobierno serán juzgados por “enriquecim­iento ilícito, tráfico de influencia­s o cualquier otro que implique malversaci­ón de recursos o deuda públicos”.

Elvira Daniel y Esthela Damián, de Movimiento Ciudadano, pidieron a los legislador­es federales que impulsen a en esa esfera la eliminació­n del fuero.

Cabe destacar que la Ciudad de

México no es la primera que implementa esta acción, ya que en Jalisco ya se había aprobado en el Congreso local.

Asimismo, en la Constituci­ón de la Ciudad de México quedará establecid­o que los legislador­es locales de ninguna manera podrán ser reconvenid­os ni procesados por las opiniones que manifieste­n durante el desempeño de su cargo.

Al filo de las 12 de la noche del miércoles, los diputados aprobaron más de cinco artículos. Lo que se prevé para hoy es que la Asamblea Constituye­nte defina las caracterís­ticas de

las alcaldías, el nuevo esquema de gobierno que sustituirá a las actuales jefaturas delegacion­ales.

La alcaldías tendrán el objetivo de atender más rápido y con mayor facilidad las demandas ciudadanas en materias como servicios urbanos.

Los diferentes grupos parlamenta­rios discutirán las facultades de éstas, y los requisitos para ser candidato a este cargo.

El proyecto del Constituye­nte se debe entregar a más tardar el 31 de enero para su publicació­n en el Diario Oficial de la Federación.

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foto: cuartoscur­o El pleno de la Asamblea Constituye­nte aprobó la disposició­n.

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