Registro para coberturas cambiarias, esta semana
El 6 de marzo, primera colocación del Banxico. US20,000 millones, el límite del instrumento.
LAS INSTITUCIONES de crédito interesadas en participar en las subastas de coberturas cambiarias liquidables en moneda nacional, en forma de forwards, cuyo primer ejercicio se realizará el 6 de marzo, deben firmar sus contratos con el Banco de México (Banxico) desde el jueves 2 de febrero, talcomo está estipulado en la circular 3/2017, publicada el viernes en el Diario Oficial de la Federación.
En ella, el banco central detalló que el contrato que las acreditará como instituciones postoras debe ser suscrito “al menos (con) dos días hábiles bancarios de anticipación a la fecha en que la institución pretenda participar en la subasta”.
En la circular, que precisa las características de este nuevo instrumento que permite a la Comisión de Cambios intervenir en el mercado para tratar de estabilizarlo, se consigna que las instituciones interesadas en participar pueden presentar una o más posturas por ejercicio.
También se aclara que las subastas de coberturas podrán realizarse de manera tradicional, o interactiva, siendo la primera en la que las instituciones participantes presentan posturas sin que conozcan las de las demás y la interactiva, en la que presentan sus respectivas posturas con conocimiento del precio marginal de asignación a partir del monto total de las otras presentadas.
Detallan que en la primera colocación, la del 6 de marzo, se subastarán 1,000 millones de dólares, de un límite de 20,000 millones determinados por la Comisión de Cambios.
La liquidación se realizará el segundo día hábil bancario siguiente al del vencimiento de cada cobertura cambiaria celebrada por cada institución.
CÓMO OPERAN LOS DERIVADOS
En la disposición detallada, firmada por Jaime José Cortina Morfín, director general de Operaciones de Banca Central, se precisa que al participar, las instituciones bancarias obtienen el derecho de ofrecer coberturas similares a sus clientes, en las mismas condiciones que ellos las contrataron en el Banxico.
Con ello, queda bajo la decisión del banco participante intermediar al ofrecerlas a sus clientes, o quedarse con el riesgo cambiario abierto, que implica conservar la cobertura en su balance.
La disposición remite a la circular 4/2012 sobre operación de derivados, para precisar las características bajo las que los bancos participantes podrán colocar a su vez coberturas cambiarias entre sus clientes.
La institución postora recibirá la información de los demás participantes en la subasta, una vez celebrado el contrato de participación.
En dicho contrato, la institución postora autorizará al Banxico a efectuar los cargos o abonos en la Cuenta Única de ésta.
SE AMPLÍA ARSENAL
Los instrumentos que ha utilizado la Comisión de Cambios para limitar la presión al mercado cambiario desde el 2015 son las intervenciones discrecionales y las subastas directas de divisas, ambas con cargo a las reservas internacionales.
La semana pasada, la Comisión anunció que esta subasta será de hasta 20,000 millones de dólares.
A partir del 6 de marzo, utilizarán las coberturas cambiarias liquidables en moneda nacional, que son instrumentos que han probado su eficacia en Brasil durante los últimos dos años, limitando la volatilidad del mercado spot, tal como lo consigna en un análisis el Fondo Monetario Internacional, y no representan disposición alguna de la reserva en dólares del banco central.
Esto significa que la institución financiera, que adquiera la cobertura del Banxico, recibirá al vencimiento del plazo la diferencia en moneda nacional que resulte del tipo de cambio contratado y el que opere al cumplirse el término.
Es decir, la institución bancaria nunca recibirá físicamente la divisa extranjera. Al vencer la operación, cuyo plazo no excederá los 12 meses, el banco central depositará en su cuenta única la diferencia en pesos mexicanos.
La circular citada puede consultarse en la dirección http:// www.banxico.org.mx/disposiciones/normativa/circular-3-2017/%7B9EF721CF-7B93-13CA1599-BC7DB623D8E9%7D.pdf.