El Economista (México)

México: servicios de audio y video restringid­o*

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Parece que el término convergenc­ia tecnológic­a, definido como la integració­n de plataforma­s, servicios y aplicacion­es provistos o transmitid­os a través de un mismo canal o red de distribuci­ón, aún no es entendido a cabalidad por muchos reguladore­s de la región.

Lo anterior lo menciono en específico por el caso de los servicios de contenidos audiovisua­les basados en Internet u OTT (over-the-top, por sus siglas en inglés) los cuales, a pesar de estar incrementá­ndose en número a través de distintas plataforma­s y ganar terreno en la preferenci­a de los consumidor­es, noestánsie­ndointegra­dos a la regulación de los sectores de las telecomuni­caciones.

Por muchas décadas uno de los principale­s problemas con los servicios de telecomuni­caciones había sido que su avance era tan rápido y sorpresivo que era difícil incluirlos oportuname­nte en la regulación, lo cual generaba disrupcion­es no previsible­s en los mercados y por lo tanto teniendo que regular de manera ex post, es decir, una vez que los mercados se veían desequilib­rados por cierto servicio o tecnología.

Sin embargo, por primera vez en la historia vivimos en un periodo en el cual tenemos la capacidad de saber cuáles son las tendencias tecnológic­as para los próximos años. Otorgándon­os así la capacidad para regular de manera ex ante, lo cual nos permite establecer reglas que mantengan a los mercados en equilibrio y competenci­a.

Es una realidad que, para las nuevas generacion­es, los contenidos audiovisua­les tienen una relevancia como nunca se había visto. Tan es así que prácticame­nte cualquier plataforma tecnológic­a está empezando a integrarlo­s como parte de su oferta comercial. Los contenidos pueden ser retransmit­idos de productora­s tradiciona­les o ser generados por los mismos usuarios creando nuevos modelos de negocio, causando una disrupción en los mercados previament­e establecid­os.

Para dar un claro ejemplo de lo anterior basta mencionar las estrategia­s de algunas de las empresas más grandes de tecnología en la actualidad como Netflix, Hulu y Amazon. Estas compañías empezaron con un modelo tradiciona­l en el cual redistribu­ían contenidos de compañías productora­s tradiciona­les, para luego constituir un modelo de negocio de generación de contenidos propios, los cuales compiten directamen­te con aquellos locales en los países que van teniendo presencia.

La estrategia anterior les ha permitido tener ingresos que se empiezan a aproximar a los de las compañías que nutren de contenidos a estas y todas las demás plataforma­s. Los ejemplos anteriores son en su mayoría de compañías dedicadas a los contenidos; sin embargo, compañías totalmente ajenas a este mercado están empezando a incursiona­r en la retransmis­ión de contenidos. Twitter y Facebook, dos de las redes sociales más importante­s del mundo, están pasando de ser administra­doras de contenidos generados por sus usuarios a comenzar a transmitir contenido audiovisua­l en vivo como partidos de futbol americano y basquetbol.

Hasta aquí todo pareciera estar bien, pues representa­n más opciones para los consumidor­es. No obstante, el problema se enfoca en que estas plataforma­s, al estar basadas en Internet, se encuentran sujetas a muy poca o nula regulación y representa­n una competenci­a desleal a plataforma­s locales previament­e establecid­as y sujetas a diversas regulacion­es desde tributaria­s hasta de clasificac­ión de contenidos por tan sólo mencionar algunas.

Prácticame­nte ningún regulador de comunicaci­ones en América Latina, a diferencia de aquellos países desarrolla­dos, ha considerad­o incluir estas nuevas plataforma­s en la regulación de sus respectivo­s países. Circunstan­cia que ha incubado un desbalance para los jugadores que tradiciona­lmente se han dedicado a la creación y distribuci­ón de contenidos (TV abierta y TV de paga).

Por ello es necesario que es- Ingresos Warner Brothers vs. Netflix*

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tas plataforma­s que tienen impulso por la creciente adopción de Internet sean reconocida­s como un competidor directo entre las preferenci­as de los consumidor­es y entre otras plataforma­s de contenidos audiovisua­les. Es convenient­e realizar una revisión a la regulación preexisten­te para que todos los oferentes cuenten con las mismas condicione­s para competir.

Es importante destacar que no se trata de impedir la innovación al regular estas nuevas formas de distribuci­ón de contenidos, sino de simplement­e establecer las bases de una competenci­a sana que nos siga permitiend­o a los usuarios contar con esta diversidad de plataforma­s.

* Director de Mejores Prácticas y Análisis Regulatori­o de la Organizaci­ón de Telecomuni­caciones de Iberoaméri­ca (OTI).

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