Seguirá la aplicación de fotomultas: MAM
El caso podría llegar hasta la Suprema Corte
EL JEFE de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, dijo que continuará la aplicación de fotomultas.
“Primero, hay que esperar resoluciones. Las fotomultas siguen funcionando, se sigue operando; la Consejería Jurídica estará pendiente de esto”, dijo durante la presentación de 74 autobuses M1.
Argumentó que el objetivo de las multas es salvar vidas y tener una mejor circulación, a la vez que se comprometió a trabajar con el órgano jurídico y en la parte normativa para la toma de decisiones en torno al Reglamento de Tránsito.
El pasado lunes, el Consejo de la Judicatura Federal informó que el titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el juez Fernando Silva García, declaró inconstitucionales los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en la parte que prevén la imposición de sanciones patrimoniales por infracciones de tránsito (fotomultas), al considerar que violan la garantía de audiencia previa del artículo 14 constitucional.
Así, será un Tribunal Colegiado el que definirá el futuro de la norma de la fotomulta que aplica en la Ciudad de México, debido a que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales capitalina interpuso el recurso de revisión a la determinación del juez de decretar la inconstitucionalidad.
Manuel Granados, titular de la Consejería, expuso que en caso de ser ratificada la resolución del juez Fernando Silva García, se tendrán dos caminos.
El primero, continuar con el litigio hasta que llegue a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); o adecuar el procedimiento, aunque los capitalinos tienen la opción de impugnar la norma en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo local.
Para la Consejería Jurídica, la resolución del juez federal Silva García aún no quedó firme, dado que el mismo impartidor de justicia ya había otorgado un amparo en diciembre del año pasado bajo los mismos términos, donde se observó que las fotomultas violentan el Artículo 14 constitucional debido a que afectan el derecho de audiencia; sin embargo, el Reglamento de Tránsito sí cuenta con soluciones alternativas.
El fallo del juez Silva, empero, dejó claro que la sentencia no toca la finalidad legítima del Reglamento de Tránsito, que consiste en evitar accidentes de tránsito, y preservar la vida e integridad personal, porque quedan a salvo las facultades de la administración de imponer infracciones de tránsito con los agentes de la policía e incluso mediante el auxilio de la tecnología.
El amparo sólo resulta en que se exige el cumplimiento del derecho de defensa previa a la imposición de sanciones.