El Economista (México)

El IFT y la banda de 2.5 GHz

- Gerardo Flores Ramírez* Twitter: @gerardoflo­resr *El autor es senador de la República.

Tal como ya ha sido ampliament­e comentado, el pasado 27 de febrero, el Instituto Federal de Telecomuni­caciones (IFT) emitió las resolucion­es por las que se impusieron las medidas asimétrica­s a los agentes económicos prepondera­ntes de los sectores de telecomuni­caciones y radiodifus­ión, después de haber hecho la evaluación de la efectivida­d de las medidas que esa misma autoridad determinó imponer a ambos agentes en marzo del 2014.

Ahora bien, lo anterior lo traigo a colación porque en el ambiente del sector telecomuni­caciones hay una transacció­n que involucra un apetitoso segmento del espectro radioeléct­rico de nuestro país que son las frecuencia­s que la Secretaría de Comunicaci­ones y Transporte­s permitió que los originales concesiona­rios de esa banda pudieran conservar 60 MHz del total de los 190 MHz que conforman ese segmento del espectro radioeléct­rico. Me refiero desde luego a la operación por la que América Móvil adquirió, sujeto a aprobación del IFT, los 60 MHz que mantenían en concesión MVS y otro grupo de concesiona­rios, anunciada en principio en noviembre pasado y que se habría concretado con los concesiona­rios más pequeños semanas después.

Lo menciono porque se trata de una operación que alterará de manera significat­iva la capacidad del operador más grande, por mucho, en el segmento móvil, para suministra­r servicios de banda ancha móvil en nuestro país, principalm­ente en las concentrac­iones urbanas, pero que además le otorgará una ventaja no menor sobre el resto de los operadores. Se trata pues de una operación que puede tener efectos adversos sobre la competenci­a y la libre concurrenc­ia en el sector telecomuni­caciones. Estos últimos son dos conceptos clave que, conforme a la reforma constituci­onal, deben guiar al IFT en la imposición de las medidas que sean necesarias para evitar que se afecten ambos principios.

Pues bien, parece mentira que en el análisis de las nuevas medidas a imponer a América Móvil al IFT se le haya olvidado voltear a ver el elefante que estaba ahí dentro de la sala donde sesiona el pleno de ese órgano regulador. Es verdad que no tiene nada que ver con las medidas que se le impusieron en el 2014, pero si tiene que ver con la posibilida­d de que este agente económico afecte la competenci­a en el sector hacia delante.

Preocupa, y preocupa mucho, el aparente enfoque del IFT basado en aquel principio económico que guía el liberalism­o, acuñado en el siglo XVIII, conocido como laissez-faire, que en español es referido como “dejar hacer, dejar pasar”. Lo digo porque he escuchado de funcionari­os del IFT lo que anticipo apunta a una aprobación de la operación entre América Móvil y otros operadores, sin mayor estudio de fondo y en consecuenc­ia sin ningún tipo de condición. Lo que sería extremadam­ente grave.

Por ejemplo, he escuchado que cuestionan por qué habrían de prohibir o impedir esta transacció­n cuando se trata de una operación entre particular­es; que por qué habría de impedirse si América Móvil ofreció más a MVS que cualquier otro posible interesado; o que ni la Constituci­ón ni la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión les dan elementos para impedir la transacció­n; entre otros. En fin, son enfoques que pareciera apuntan a como si no hubiera existido la reforma constituci­onaly los principios que ahí se establecie­ron.

Primero, porque si bien en materia de telecomuni­caciones no lo dice expresamen­te, el IFT bien puede detectar que, en el artículo octavo transitori­o del decreto de reforma constituci­onal, el poder reformador de la Constituci­ón consideró la figura de imponer límites a los concesiona­rios de radiodifus­ión existentes para obtener espectro adicional, lo que significa que detrás de ello había una preocupaci­ón por la competenci­a y la libre concurrenc­ia.

En fin, ojalá que el IFT no renuncie a la capacidad que tiene para determinar cuánto espectro puede obtener el Prepondera­nte, ya sea vía licitación o vía operacione­s de mercado.

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