Imparcialidad y servidores públicos
Es evidente la tensión que existe entre los principios de neutralidad e imparcialidad que deben respetar los servidores públicos cuando se trata de contiendas electorales. Se arrastra una añeja deliberación que ha delimitado fronteras a partir de criterios jurisdiccionales, los cuales hoy reconocen la libertad para manifestar simpatía partidaria o acudir a eventos proselitistas a título personal de funcionarios de gobiernos en todos los niveles, siempre y cuando lo hagan en horarios inhábiles y no dispongan para ello de los recursos que administran como parte de sus encargos oficiales.
Durante los comicios presidenciales del 2012, el entonces IFE expuso al Congreso una reflexión con los dilemas que se presentaron en aquellas campañas. Había una visión que consideraba la imparcialidad y neutralidad observable en todo momento, particularmente en el caso de servidores públicos con alto nivel de responsabilidad, a propósito de promocionales partidarios en los que incluso aparecían gobernantes en activo defendiendo a un proyecto electoral en el contexto de la contienda. En aquel momento el tribunal electoral concluyó que la imparcialidad no debía asumirse como imposibilidad de funcionarios a “tomar partido” por alguna oferta o candidatura, pero sí como un mandato a no utilizar recursos públicos para favorecer a una opcióno perjudicar a otra.
Muchos consideramos que eso generaba una frontera con límites frágiles, porque los cargos públicos no se suspenden el fin de semana. No se deja de ser gobernador o legislador el viernes por la noche y se vuelve a serlo el lunes por la mañana, pero también es cierto que un gobernador o presidente municipal con trayectoria en política, con posturas personales y públicas, no puede convertirse en apartidista en su esfera personal o pretender que no tiene postura propia frente a ofertas electorales. El asunto de fondo es no utilizar a instituciones de Estado o la investidura de alguna función pública, para inclinar la balanza en las competencias o cargar los dados para un lado.
El criterio que prevalece desde entonces es que no debe haber intervención de funcionarios usando recursos públicos, pero que es posible expresar convicciones a título personal incluso en spots propagandísticos de partido.
Para ilustrarlo podríamos decir que los servidores públicos pueden hoy acudir a eventos proselitistas a título personal pero no coaccionar a sus subordinados para que los acompañen o para que llenen plazas públicas y le aplaudan a candidatos o candidatas que ellos apoyan; puede y debe un funcionario público aplicar programas sociales pero no usarlos electoralmente o convertirlos en una condicionante para el voto o en un acto propagandístico favorable a una candidatura. Una tesis reciente del TEPJF (V/2016) refuerza esta preocupación cuando alude a lo establecido por la Corte constitucional alemana en el sentido de que la neutralidad se trata de que el poder público no use sus funciones, en especial —dijo— “la propaganda” institucional, para incidir en el voto.
Con matices diversos, son varias las democracias del mundo que restringen al menos parcialmente a los gobernantes para evitar que utilicen sus funciones para desde ahí promover a un partido, pero también es un hecho que los sistemas que permiten la reelección no son compatibles con la idea de neutralidad absoluta porque mientras un gobernante está en funciones es simultáneamente candidato que compite por un nuevo periodo.
En México, los dilemas sobre la delimitación de fronteras en materia de imparcialidad que equilibren los derechos políticos individuales con las garantías de no vulneración a la equidad requiere un debate adicional a los que ya existen, porque están en marcha los plazos para hacer efectiva la reelección que se abrió para el ámbito municipal y legislativo en la última reforma. A nivel Congreso no será aplicable en los comicios del 2018, pero estamos a buen tiempo de abrir el debate para reglamentar el Artículo 134 en materia de imparcialidad y propaganda institucional y las reglas de neutralidad para quienes aspiren a ser reelectos en el futuro inmediato.
*Consejero del INE.