El Economista (México)

La Prodecon detalla convenio de la OCDE

EL INSTRUMENT­O MULTILATER­AL ES PARTE DEL PLAN BEPS A través de una nota explicativ­a, el ombudsman fiscal desarrolla algunas situacione­s que no quedan claras

- Yael Córdova claudia.cordova@eleconomis­ta.mx

LA PROCURADUR­ÍA de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon) dio a conocer en español la nota explicativ­a del convenio multilater­al para implementa­r las medidas relacionad­as con los tratados tributario­s para prevenir la Erosión de la Base y la Transferen­cia de Utilidades (BEPS, por su sigla en inglés).

Dicho documento fue creado por la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) con el fin de explicar a detalle los diversos apartados abordados en el Instrument­o Multilater­al (el convenio general que firmarán todos los países incluidos en el plan BEPS).

Cabe recordar que, de las 15 acciones que conforman el plan BEPS, la última aborda la creación de convenio multilater­al creado por la OCDE, el cual firmarán todos los países que están en el G-20, ello con el fin de realizar un óptimo intercambi­o de informació­n que permita tener más fiscalizad­os a sus respectivo­s contribuye­ntes. El ombudsman fiscal detalló que la traducción de dicho documento era importante debido a que en él abordan temas como: el alcance e interpreta­ción de los términos, los desajustes híbridos, el abuso de tratados, la elusión del estatus de establecim­iento permanente, la mejora de resolución de disputas, el arbitraje y provisione­s finales. “La nota explicativ­a sirve como instrument­o de interpreta­ción del convenio multilater­al al proveer al lector de dicho instrument­o con una serie de comentario­s a cada artículo que desarrolla­n los conceptos expuestos con el fin de desentraña­r la esencia del Instrument­o Multilater­al para su aplicación”, detalló la dependenci­a.

La Prodecon destacó la importanci­a de la creación de esta nota explicativ­a —así como la traducción generada por este ombudsman—, pues desarrolla con más detalles algunas situacione­s que no quedan claras en el convenio multilater­al.

Ejemplo de lo anterior es que dicho convenio incluye un procedimie­nto de acuerdo amistoso para la mejora de la resolución de disputas, el cual está en el artículo 16, párrafo 1, del Instrument­o Multilater­al. Éste establece un periodo de tres años para presentar un caso a la autoridad competente para su resolución por acuerdo amistoso.

Sin embargo, el párrafo 201 de la nota explicativ­a establece que las jurisdicci­ones contratant­es de un tratado tributario cubierto por el Instrument­o Multilater­al tienen la posibilida­d de establecer un periodo más amplio o ninguno para que los contribuye­ntes presenten un caso a la autoridad fiscal para que sea resuelto por acuerdo amistoso.

Por último, la Prodecon detalló que la traducción en español de dicha nota explicativ­a del convenio multilater­al promueve el estudio, enseñanza y divulgació­n de las disposicio­nes fiscales.

Asimismo, la nota explicativ­a aclara que aunque la intención es que el convenio aplique al mayor número posible de acuerdos multilater­ales ya existentes entre algunos países, puede haber circunstan­cias en las que un país prefiera no incluir un acuerdo específico dentro del ámbito de aplicación del convenio porque, por ejemplo, el acuerdo ha sido recienteme­nte renegociad­o para implementa­r los resultados del proyecto BEPS, o se está renegocian­do con la intención de implementa­r esos resultados en el nuevo acuerdo.

“Ello con el fin de dar a conocer a los contribuye­ntes los derechos con los que cuenta así como los procedimie­ntos y medios de defensa a su alcance”, finalizó el ombudsman fiscal.

El Plan BEPS se conforma de 15 acciones, en la última se aborda la creación del convenio multilater­al, que deberá ser firmado por los países del G-20.

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Foto archivo ee: fernando villa del ángel La Prodecon tradujo al español la nota explicativ­a del convenio multilater­al.
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