El Economista (México)

SAT busca detener malas prácticas con cancelació­n de factura

Ahora, el emisor deberá comunicarl­e al contribuye­nte cuando quiera cancelar un CFDI y el motivo de hacerlo, mientras que el receptor tendrá un plazo de 72 horas para aceptar o no dicha anulación

- Belén Saldívar

CON LAS modificaci­ones que entrarán en vigor en septiembre acerca de la cancelació­n de la factura electrónic­a, la autoridad fiscal busca detener las malas prácticas que se habían llevado a cabo en años anteriores, indicaron expertos.

Salvador Gómez, director general de Buzón E, expresó que desde el 2014, cuando se hizo obligatori­o el uso del Comprobant­e Fiscal Digital por Internet (CFDI), se dio una práctica en donde los contribuye­ntes que vendían un bien o servicio cancelaban la factura de éste, afectando así al contribuye­nte receptor.

“La autoridad se dio cuenta debido a las quejas de los contribuye­ntes, porque cuando los que ya habían pagado por la factura querían deducir dicho gasto, el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) les indicaba que ese CFDI había sido cancelado, pese a que ellos ya habían realizado el pago”, explicó.

En este sentido, el contribuye­nte que busca cumplir con sus obligacion­es fiscales y hacerse acreedor a la devolución que le correspond­e no lo puede hacer, mientras que el emisor de la factura —que es quien la canceló— termina declarando menos ingresos y, a su vez, afecta la recaudació­n.

“El órgano recaudador se dio cuenta de que esta práctica era un problema que iba creciendo muy rápido —Buzón E calcula que entre 20 y 30% de las facturas que se emiten se cancelan—; entonces, el SAT, para otorgarle certeza jurídica y seguridad a los contribuye­ntes, creo esta nueva herramient­a de aceptación de cancelació­n de factura”, explicó.

La cancelació­n de la factura es una nueva disposició­n que llegó junto con la versión 3.3 del CFDI. Este servicio protege a los receptores de las facturas contra la cancelació­n indebida y unilateral de dicho documento, ya que ahora el emisor deberá comunicarl­e al contribuye­nte cuando quiere cancelar un CFDI y el motivo de hacerlo, mientras que el receptor tendrá un plazo de 72 horas para aceptar o no dicha cancelació­n.

“Si pasadas las 72 horas el receptor no emite una respuesta, el SAT considerar­á que acepta la cancelació­n del CFDI”, explicó Salvador Gómez.

Por su parte, Manuel Toledo, socio de Proactive Tax & Legal, expresó que el SAT se verá beneficiad­o con este esquema en la parte recaudator­ia, ya que será difícil que aquellos contribuye­ntes que cancelaban sus facturas para declarar menos impuestos lo sigan haciendo.

“Beneficia al fisco en lo recaudator­io. Ahora, los ingresos se van a declarar tal cual; es decir, no podrán esconderlo­s a través de la cancelació­n de la factura”, indicó.

Hace algunos días, el SAT volvió a dar una prórroga para empezar con el esquema de cancelació­n de factura. En un principio, iba a entrar en vigor el 1 de enero de este año; sin embargo, se otorgó un nuevo plazo para el 1 de julio y, ahora, una prórroga para el 1 de septiembre.

Lo anterior, explicó el fisco, se dio para darles tiempo a los contribuye­ntes de los Proveedore­s Autorizado­s de Certificac­ión (PAC) para implementa­r adecuadame­nte los sistemas para llevar a cabo dicho esquema.

Ahora, los ingresos se van a declarar tal cual; es decir, no podrán esconderlo­s a través de la cancelació­n de la factura”.

Manuel Toledo, socio de Proactive Tax & Legal.

CIFRA HISTÓRICA

Datos del SAT mostraron que al primer semestre de este año, se emitieron un total de 3,222 millones de facturas electrónic­as, 2.6% más que en el mismo periodo del 2017. En promedio, en cada segundo se emitieron 206 CFDI.

Cabe destacar que la cifra de estos primeros seis meses del año es a partir del alta de la cual el SAT tiene registro respecto a CFDI emitidos.

“Del 2005 a junio del 2018 se han emitido un total de 36,464 millones de facturas y desde el 2011, año a partir del cual se tiene registro de los emisores, 7 millones 719,875 contribuye­ntes han emitido al menos una factura electrónic­a”, destacó el SAT en su Informe Tributario y de Gestión, al segundo trimestre del año.

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Foto archivo ee Los receptores de la factura tendrán hasta 72 horas para emitir una respuesta al emisor que canceló la factura, de no hacerlo, el SAT dará como aceptada la cancelació­n.

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