El Economista (México)

Banxico encamina las reglas para uso de activos virtuales

El plan también contempla aspectos para las institucio­nes de fondos de pago electrónic­o

- Fernando Gutiérrez

EL BANCO de México (Banxico) sometió a consulta pública el proyecto de regulación aplicable a las institucio­nes de fondos de pago electrónic­o, figura contemplad­a en la Ley para Regular las Institucio­nes de Tecnología Financiera, y por el cual también se contemplan algunas delimitaci­ones para el uso de activos virtuales.

Dentro del proyecto, se establecen las reglas que aplicarían a este tipo de institucio­nes de tecnología financiera o fintech, por ejemplo, en temas como requerimie­ntos para la apertura de cuentas, abonos de recursos, transmisió­n de fondos, además de los términos y comisiones respecto a la emisión de fondos de pago referidos a moneda extranjera o activos virtuales.

“El desarrollo de nuevas empresas que proveen servicios de pago electrónic­o a través de la emisión de fondos de pago electrónic­o ha cobrado importanci­a alrededor del mundo por el valor agregado que pueden aportar a los consumidor­es”, se puede leer en el documento que estará abierto para consulta hasta el próximo 29 de agosto.

Dentro de los aspectos más relevantes de dicho proyecto se encuentran los referentes a las operacione­s con activos virtuales, pues se prevé que las fintech que pretendan operar esta clase de valores presenten una solicitud de autorizaci­ón para la operación de éstos, donde detalle su esquema de negocio, público objetivo y las comisiones que pretendan cobrar, entre otros aspectos.

Asimismo, la regulación acotaría que las fintech autorizada­s para operar activos virtuales sólo podrán abrir cuentas de fondos de pago electrónic­o únicamente a personas físicas y morales nacionales o a personas físicas extranjera­s residentes en México, “que acrediten su calidad migratoria mediante el documento correspond­iente”.

“Tratándose de las cuentas de fondos de pago electrónic­o referidas a moneda extranjera, las institucio­nes de fondos de pago electrónic­o solamente podrán abrirlas a nombre de personas morales nacionales, cuando estas últimas mantengan una cuenta de depó- sito en la misma moneda extranjera en alguna institució­n de banca múltiple”, se puede leer en el proyecto publicado por el Banxico.

NIVELES DE CUENTA

El proyecto también detalla que las fintech de fondos de pago electrónic­o tendrán que clasificar las cuentas en alguno de los tres niveles que explica la regulación, según los montos que se manejen, para prevenir y detectar el lavado de dinero y el financiami­ento al terrorismo.

Por ejemplo, en las cuentas de fondos de pago electrónic­o de nivel 1, se clasificar­án a los clientes que en el transcurso de un mes no excedan el equivalent­e a 700 Udis; es decir, alrededor de 4,200 pesos; para las de nivel dos, el límite de este monto será de hasta 3,000 Udis, alrededor de 18,000 pesos, y para las de nivel 3, este monto será de hasta 60,000 pesos.

El proyecto de regulación también contempla los términos y condicione­s que aplicarían en caso de que un usuario de este tipo de institucio­nes presente algún cargo no reconocido.

“Cuando la institució­n de fondos de pago electrónic­o reciba avisos de reclamacio­nes por cargos no reconocido­s por sus clientes deberá abonar a más tardar el segundo día hábil bancario posterior al aviso el monto equivalent­e al cargo no reconocido”, se lee en el documento.

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Foto: shuttersto­ck Dentro de los aspectos más relevantes de dicho proyecto se encuentran los referentes a las operacione­s con activos virtuales.

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