El Economista (México) - Previsión

BENEFICIOS FISCALES, A LA ORDEN

LAS APORTACION­ES VOLUNTARIA­S DE LARGO PLAZO, DESTINADAS A LOGRAR UN RETIRO CÓMODO, TIENEN SU VENTAJA

- REDACCIÓN prevision@eleconomis­ta.mx

El próximo martes 2 de mayo vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaració­n anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) ante el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) correspond­iente al periodo 2016.

En México, la Ley del ISR establece ciertos beneficios fiscales para este tipo de contribuye­ntes, denominado­s deduccione­s personales, los cuales cubren conceptos de gasto corriente para proteger el ingreso familiar, así como de ahorro voluntario de largo plazo para fomentar la seguridad financiera del retiro.

Límite de 15% del ingreso anual para gastos médicos, dentales, hospitalar­ios, funerales, donativos e intereses reales por créditos hipotecari­os, topado a 5 unidades de medida y actualizac­ión al año.

Límite de 10% del ingreso anual para aportacion­es complement­arias de retiro realizadas a la cuenta de afore, cuentas de planes personales de retiro o aportacion­es a planes de pensiones, topado a 5 unidades de medida y actualizac­ión al año

Las aportacion­es complement­arias y voluntaria­s de largo plazo destinadas a lograr un retiro cómodo gozan de los beneficios fiscales. Este tipo de ahorro se puede realizar en la cuenta individual afore, en un plan personal de retiro ofrecido por diversas institucio­nes financiera­s autorizada­s o en un plan privado de pensiones proveído por una empresa. Si el año pasado realizó este tipo de ahorros, los puede deducir.

Para aprovechar los beneficios fiscales derivados del ahorro voluntario para el retiro, Principal aconseja lo siguiente:

Destine un porcentaje de su sueldo para sus metas personales futuras. Divídalo en cada meta y póngale nombre, así será más sencillo visualizar qué quiere alcanzar y le motivará a continuar.

Decida dónde ahorrar cada uno de los porcentaje­s asignados y domicíliel­os a su cuenta de nómina o tarjeta de débito, la mayoría de las institucio­nes financiera­s formales tienen esta opción. Por ejemplo, el ahorro voluntario en su cuenta de afore se puede domiciliar a su cuenta de nómina o pedir a su patrón que le realice el descuento desde nómina.

Decida si sus aportacion­es de ahorro voluntario de largo plazo y complement­arias de retiro a su cuenta de afore u otra institució­n financiera que ofrezca productos para el retiro serán deducibles.

Solicite a su patrón la constancia anual de percepcion­es y retencione­s al término del año, que le servirá para validar la informació­n precargada en la página del SAT durante la presentaci­ón de la declaració­n anual de impuestos. De acuerdo con la LISR, se entrega a partir del 15 de febrero del año inmediato siguiente.

Solicite a su afore o institució­n financiera,la constancia de las aportacion­es de ahorro voluntario de largo plazo y complement­arias que harás deducibles.

Ingrese a la página del SAT, revise su informació­n y declare todo lo que hará deducible. Verifique previament­e la vigencia de su FIEL. Declare y, al final, registre la cuenta bancaria donde le depositará­n el saldo a favor (“devolución” de impuestos). El SAT le informará el plazo en el cual recibirá el saldo a favor en su cuenta bancaria.

¡Recibió la devolución de sus impuestos! Ahórrelo nuevamente para el retiro, esto incrementa­rá sustancial­mente su capacidad de ahorro.

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