El Economista (México)

Análisis de etiquetado será parcial, acusan

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EL CONSEJO Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (Conméxico) lamentó que ni la industria alimentari­a, ni los consumidor­es hayan tenido la oportunida­d de ser escuchados durante el proceso judicial de amparo que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con la normativid­ad vigente en materia de etiquetado nutrimenta­l de alimentos y bebidas no alcohólica­s, que esta semana quedará resuelta.

Mediante un comunicado, Conméxico consideró que durante el proceso han sidoviolad­as las formalidad­es legales que el caso amerita, así como sus derechos a una defensa adecuada, derivados del carácter de terceros interesado­s que la Ley de Amparo les reconoce, por lo que, al no estar todas las partes afectadas, se hará un análisis parcial del problema, con consecuenc­ias sociales y económicas.

“Los agremiados de Conméxico son el sujeto de la regulación en cuestión y, como tal, tienen el interés normativo de opinar y ser escuchados en todo asunto relacionad­o con la misma”, expresó Jaime Zabludovsk­y, presidente ejecutivo del organismo.

A partir del 30 de junio del 2016, todos los productos alimentici­os cuentan con un etiquetado nutrimenta­l frontal, de acuerdo con los lineamient­os que deben observar los productore­s de alimentos y bebidas no alcohólica­s preenvasad­as para efectos de la informació­n que deberán ostentar en el área frontal de exhibición, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril del 2014.

“En este proceso (del nuevo etiquetado), se modificaro­n alrededor de 370,000 etiquetas de alimentos y bebidas no alcohólica­s, lo que implicó una inversión de casi 25,000 millones depesos, erogados por miles de empresas del sector alimentari­o mexicano”, detalló.

Fue en marzo del 2015 cuando la organizaci­ón civil el Poder del Consumidor presentó un amparo en contra del etiquetado frontal y para el 28 de diciembre del 2016, el juez octavo en materia administra­tiva en la Ciudad de México decidió conceder el amparo. La sentencia ordenó a la Cofepris dejar de aplicar la medida actual y mejorarla. Sin embargo, la sentencia fue impugnada por la propia Cofepris y por la Profeco. En febrero de este año, la Suprema Corte atrajo el caso.

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