Corte admite a trámite impugnación a la Ley 3de3
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por diversos diputados de la LXIII Legislatura contra la llamada Ley 3de3.
En dicha acción, diputados del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano impugnaron el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conocida como 3de3, que forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción.
Dicho artículo dice que “las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas, salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución”.
Señala que para tal efecto, “el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes”.
De acuerdo con la lectura del citado artículo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, vigente a partir del 18 de junio pasado, la declaración fiscal de los funcionarios, tercer rubro de la 3de3, no está incluida.
Los promoventes de la acción advierten que la redacción del artículo 29 es ambigua y podría derivar en opacidad, pues abre la puerta a la reserva de hacer pública la información alegando la afectación a la vida privada o los datos personales protegidos.
La acción de inconstitucionalidad fue radicada en el expediente 70/2016 y turnada a la ponencia del Ministro José Ramón Cossío Díaz, quien la admitió a trámite y será en encargado de elaborar un proyecto de sentencia.