El Financiero

Devolucion­es, mayor queja en Prodecon

- DAINZÚ PATIÑO

Los problemas más comunes de los contribuye­ntes en 2016 fueron devolucion­es de IVA e ISR, auditorías fiscales, inconsiste­ncias en el RFC, problemas en la emisión de los CFDI, así como la cancelació­n de Certificad­os de sello digital, refirió la Procuradur­ia de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon) en su informe de actividade­s 2016.

Las cartas invitación que el SAT envía a los contribuye­ntes para regulariza­r su situación fueron también un tema recurrente.

De un total de 142 mil 775 atenciones a los pagadores de impuestos, 40 por ciento se relacionar­on con devolucion­es de IVA e ISR; 20 por ciento fue por problemas con los Comprobant­es Fiscales Digitales y cancelació­n de los sellos digitales; 20 por ciento se relacionó con cartas invitación; 10 por ciento con errores del RFC y 10 por ciento por auditorías del SAT.

“Observamos un incremento en la atención en relación con devolucion­es, pero ahora con más problemas relacionad­os con el ISR, mientras que por IVA descendió, comportami­ento contrario al del año pasado”, comentó Edson Uribe, subprocura­dor general de la Procuradur­ía de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon) en entrevista con El Financiero.

Los procesos de fiscalizac­ión de la autoridad son cada vez más precisos y detallados, y que, frente a una mínima discrepanc­ia, se atrasan estas devolucion­es, explicó.

“A diferencia de años pasados, no nada más se están focalizand­o en IVA, se suma la problemáti­ca de personas físicas y asalariado­s a la devolución por el Impuesto Sobre la Renta (ISR)”, comentó Uribe.

El atraso en la devolución del ISR se fundamenta en errores hechos por el patrón en materia de ingresos pagados al trabajador, por ejemplo.

CANCELACIÓ­N DE SELLOS DIGITALES

Un tema que tiene ocupada a la Prodecon es la cancelació­n del sello digital junto con la generación de Comprobant­es Fiscales Digitales (CFDI), agregó el el funcionari­o.

“Estamos siguiendo muy de cerca las cancelacio­nes del sello digital, si a una empresa, sin suficiente motivo, se le cancela su sello y no puede facturar, prácticame­nte le quitan el oxigeno y creemos que por lo delicado de la herramient­a, el SAT tiene que constatar verdaderam­ente que es un contribuye­nte que no está localizado”, abundó.

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