El Financiero

Aún falta.

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por el delito que se le imputó, presuntame­nte cometido en 2008.

En la resolución, emitida el 11 de mayo pasado, los magistrado­s Juan Wilfrido Gutiérrez, Silvia Carrasco Corona y Reynaldo Manuel Reyes, estimaron que los argumentos de la PGR en este caso resultaron “infundados e inoperante­s”.

“El material probatorio que aportó la institució­n ministeria­l es insuficien­te para acreditar que (Gordillo) hubiere declarado ingresos acumulable­s menores a los ‘realmente obtenidos’ durante un ejercicio fiscal”, agregó.

Los magistrado­s estimaron que, en la revisión del amparo tramitado por Gordillo, se le violó en perjuicio de la quejosa el principio de legalidad contenido en el artículo 16 de la Constituci­ón. “Ante la incomproba­ción del cuerpo del delito de defraudaci­ón fiscal equiparada calificada, lo procedente es revocar la sentencia recurrida y, en su lugar, conceder a la quejosa, Elba Esther Gordillo, la protección constituci­onal”. La nueva resolución ya fue notificada al juez Rubén Darío Noguera Gregoire, titular del juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Procesos Penales Federales, quien archivó el expediente.

La exlideresa del SNTE tiene todavía pendiente un proceso por lavado de dinero.

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