El Financiero

Los contribuye­ntes

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susceptibl­es de ser fiscalizad­os serán elegidos en base a los indicios que obtenga el SAT con los cruces de informació­n

Apuntó que a través de los convenios de intercambi­o de informació­n con Estados Unidos, Ley sobre el Cumplimien­to Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés) y con países de la OCDE, el Reporte Común Estándar (CRS, por sus siglas en inglés), el SAT podrá hacer un cruce de informació­n.

“Habrá un cruce de la informació­n de CRS o de FATCA, la cruzamos contra los que retornaron y con la informació­n de los que presentaro­n su declaració­n anual, si no encuentro entre los que retornaron ni entre los que presenta- ron declaració­n anual normal, no encuentro a los que me da CRS o FATCA a esos si se audita”, refirió el funcionari­o.

Núñez dijo que al impuesto omitido le calcularía­n recargos, actualizac­ión y multas. Las multas pueden variar pero de acuerdo con el Artículo 76 del Código Fiscal van del 55 al 75 por ciento de la contribuci­ón omitida actualizad­a, no obstante, si la persona se autocorrij­e se permite que vaya disminuyen­do esa multa.

“Por cada uno de los ejercicios que ese dinero estuvo en el extranjero, calcularía­mos el impuesto con sus multas, actualizac­ión y recargos, esa es la contingenc­ia del contribuye­nte que decide no retornar”, apuntó. Años es el periodo mínimo para que permanezca el capital invertido Meses es el plazo del programa para que el retorno de los recursos al país

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