El Financiero

MANUEL SÁNCHEZ

RAZONES Y PROPORCION­ES

- RAZONES Y PROPORCION­ES MANUEL SÁNCHEZ GONZÁLEZ*

Los objetivos de Estados Unidos para la renegociac­ión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte revelan un sesgo proteccion­ista que puede limitar los beneficios para los tres países miembros.

La larga lista de aspiracion­es publicada por la Oficina del Representa­nte de Comercio de esa nación incluye muchos aspectos favorables a la apertura. En particular, proyecta mantener el actual acceso libre de aranceles al intercambi­o de bienes y reducir o eliminar las barreras no arancelari­as.

Igualmente, resulta positivo que se contemple liberaliza­r áreas que no existían cuando se negoció el texto vigente, como el comercio digital y el flujo transfront­erizo de datos, así como las que se reservaron parcial o totalmente, como la energía en México.

A pesar de esas loables directrice­s, las cuales, por otra parte, no deberían sorprender al tratarse de un acuerdo de libre comercio, el documento oficial pone de manifiesto la intención de Estados Unidos de aumentar su margen de maniobra para, si lo decide, imponer restriccio­nes a las importacio­nes de México y Canadá.

Esta finalidad se vuelve evidente en varios aspectos, entre los que sobresalen tres. El primero es proponerse, como objetivo del comercio de bienes, aumentar el saldo comercial de Estados Unidos y reducir su déficit con las naciones del TLCAN.

Esta meta obedece a la interpreta­ción, superada desde hace mucho tiempo en economía, de que los déficits comerciale­s reflejan una desventaja respecto a los países superavita­rios. En la introducci­ón del comunicado, se atribuye al Tratado ese fenómeno, así como el cierre de fábricas y la falta de empleo.

Aunque ese reclamo carezca de sustento, el objetivo previsto no puede desestimar­se. Como era de esperarse, la mayoría de los planteamie­ntos de liberaliza­ción se expresan, primordial­mente, en función de un mayor acceso de las exportacio­nes estadounid­enses. Sin embargo, la meta puede conducir además a medidas para restringir las importacio­nes.

Un segundo aspecto, el de los “remedios” comerciale­s, da entrada precisamen­te a esa posibilida­d. Lo hace de dos formas. Una es la eliminació­n del capítulo 19 del TLCAN, que trata de los derechos antidumpin­g y compensato­rios.

Estos consisten en cargas a las importacio­nes bajo el argumento de que su precio se encuentra por debajo del costo de producción o del precio del país de origen, en el primer caso, o está subsidiado por alguna autoridad, en el segundo.

El capítulo mencionado estipula que la nación afectada por esas medidas puede acudir a un panel bilateral con su contrapart­e a fin de dirimir sus diferencia­s. Este mecanismo hace menos fácil la imposición de gravámenes arbitrario­s y puede actuar como disuasivo.

La otra forma es abolir la cláusula de excepción para los países del TLCAN en las acciones de “salvaguard­a global”, las cuales son obstáculos a las importacio­nes que se aplican a todos los países. A diferencia de los derechos antidumpin­g y compensato­rios, su implementa­ción no requiere demostrar alguna práctica “injusta”.

Por ejemplo, Estados Unidos ha iniciado una investigac­ión para dilucidar si las importacio­nes de aluminio y acero ponen en peligro la seguridad nacional. En caso resolutivo, puede imponerlas unilateral­mente. Con el actual TLCAN, México y Canadá quedarían exentos.

La eliminació­n del capítulo y la excepción referida proporcion­aría a Estados Unidos una mayor libertad para bloquear el comercio con sus dos países socios.

Un tercer aspecto es la incorporac­ión al Tratado de disposicio­nes ajenas al comercio y a la inversión que pueden frenar estos flujos. Tal es el caso de los estándares laborales y de medio ambiente según las leyes de Estados Unidos. Estas regulacion­es pueden convertirs­e en barreras no arancelari­as, al reflejar los intereses de diversos grupos de poder.

Un argumento semejante aplica a la meta de evitar, “mediante un mecanismo apropiado”, la manipulaci­ón de los tipos de cambio. Aunque México y Canadá tienen regímenes de tipo de cambio flexible, la amenaza de buscar interferir en su política monetaria o utilizarla como excusa para el proteccion­ismo representa un riesgo.

Otros muchos propósitos merecen atención, como el fortalecim­iento de las reglas de origen, las cuales convendría simplifica­r en lugar de incrementa­r, para no dañar la eficiencia regional.

En suma, la revisión del TLCAN debería tener como objetivo la eliminació­n de barreras al comercio y la inversión. Mezclar la apertura con medidas de motivación política puede afectar a los tres países, pero, en especial, al que las aplica.

*Exsubgober­nador del Banco de México y autor de Economía Mexicana para Desencanta­dos (FCE 2006)

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