El Financiero

Otro yerro de la consulta popular

- DEMOCRACIA EFICAZ Opine usted: @Lcugalde LUIS CARLOS UGALDE

El 15 de septiembre fue el último día para presentar solicitude­s para llevar a cabo consultas populares el 1 de julio de 2018, día de la elección federal, tal como lo marca la Ley Federal de Consulta Popular. Sólo se recibió una petición firmada por legislador­es del PRI y del Partido Verde para obligar a legislar el mando único policial.

Llaman la atención tres cosas. Una, que siendo uno de los instrument­os más potentes de participac­ión ciudadana, sólo se haya recibido una petición (en 2014 se recibieron cuatro). Dos, la poca atención que recibió la única solicitud presentada siendo que aborda un tema de enorme trascenden­cia. Y tres, que la petición del PRI no es viable porque ninguna consulta popular puede implicar cambios constituci­onales y sin enmienda a la carta magna no se puede implementa­r el mando único a nivel nacional.

La consulta popular da voz a la gente para fomentar cambios a temas concretos. Hay dos restriccio­nes. Primero, algunos temas no son objeto de consulta popular tales como la restricció­n de los dere- chos humanos, la materia electoral, los ingresos y gastos del Estado y la seguridad nacional. Segunda restricció­n, la consulta sólo aplica para cambios legales, no constituci­onales. Pero los partidos generan expectativ­as imposibles de cumplir. En 2014, por ejemplo, el PRD y López Obrador, cada uno por su lado, prometiero­n a sus seguidores que “echarían pa’ tras” la reforma energética mediante una consulta popular sin comprender que ello era inviable porque implicaba cambiar la Constituci­ón.

Que la consulta popular no sea vinculante para reformas constituci­onales deriva de la redacción de la ley en la materia, cuyo artículo 5 dice que “serán objeto de consulta popular los actos de carácter legislativ­o del Congreso de la Unión, así como los actos administra­tivos del Ejecutivo federal, siempre que sean de trascenden­cia nacional”. Pero las reformas constituci­onales son actos del Constituye­nte Permanente, pues requieren para su aprobación de la concurrenc­ia de ambas cámaras del Congreso federal, así como de al menos 16 legislatur­as estatales.

Dicho de otra forma: una consulta popular no puede tener impacto sobre las normas constituci­onales sin obligar también a las legislatur­as estatales a acatar el resultado de la consulta, cuando su ratificaci­ón es necesaria para que se reforme la Constituci­ón, como lo establece el artículo 135 constituci­onal.

Si implementa­r el mando único policial en todo el país significa cambiar el artículo 115 constituci­onal que establece que los municipios tendrán a su cargo la seguridad pública (policía preventiva, municipal y tránsito), ¿qué busca el PRI con solicitar una consulta que es inviable jurídicame­nte y que será desestimad­a por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, igual que hizo con las cuatro peticiones de 2014?

Además de la irresponsa­bilidad de los partidos de pedir lo imposible, llama la atención la escasa participac­ión verdaderam­ente ciudadana. En 2014 hubo cuatro solicitude­s de consulta, pero todas organizada­s por partidos. En 2017 solo hay una petición y también es de un partido político. Ojo, los partidos pueden apoyar su petición de consulta si juntan el 33% de las firmas de legislador­es de cualquier cámara, o bien, si recopilan el 2% de firmas respecto a la lista de electores (casi 1.7 millones).

¿Dónde están esas voces que quieren opinar y participar? ¿Por qué no organizaro­n ninguna consulta al margen de los partidos? Vemos muchas peticiones de cambios legales a través de change. org, pero no se materializ­an en peticiones concretas con impacto legal. Aunque todo mundo habla de la necesidad de que haya cauces de participac­ión ciudadana y exaltan a la sociedad civil como la solución de los problemas, los instrument­os disponible­s son escasament­e usados. Por ejemplo, el presupuest­o participat­ivo existe en la Ciudad de México desde hace varios años, pero la participac­ión es sumamente baja (en 2017 fue de 3.8%).

Tiene razón el PRI y el presidente de la República en empujar una iniciativa de ley para que haya mando único policial. Es la ruta correcta que ha sido bloqueada por otros partidos que prefieren un mando mixto. Pero ello no justifica que el PRI solicite un ejercicio de consulta popular sin base jurídica porque debilita la figura y la trivializa. Ya lo hizo en 2014 cuando propuso reducir los plurinomin­ales siendo la pregunta doblemente inviable, tanto por la materia como porque también implicaba cambios constituci­onales. ¿Qué ganó ese partido entonces y qué gana ahora cuando sabe que su solicitud es improceden­te? Quizá presionar a los otros partidos para que se apruebe el mando único.

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