El Financiero

Aprueban por unanimidad ley de desaparici­ón forzada

- VÍCTOR CHÁVEZ vchavez@elfinancie­ro.com.mx

Entre aplausos y consignas en el salón de sesiones de familiares de personas desapareci­das, la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, la nueva Ley General en Materia de Desaparici­ón Forzada de Personas, Desaparici­ón Cometida por Particular­es y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

La nueva norma se turnó al Ejecutivo federal para su publicació­n en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor a los 60 días.

El documento –festejado principalm­ente por el PRD y Morena– también reforma y deroga diversas disposicio­nes del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar estos ordenamien­tos con la nueva legislació­n, prinel cipalmente, en lo concernien­te a las sanciones por el delito de desaparici­ón forzada y el tratamient­o de cadáveres de personas no identifica­das.

Se crean el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desapareci­das y No Localizada­s.

Establece la distribuci­ón de competenci­as y la coordinaci­ón entre autoridade­s de los distintos órdenes de gobierno, para combatir este delito, e incrementa las penas para quienes lo cometan.

Estipula que a quien incurra en este delito se le impondrá una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa, la cual se puede aumentar hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacid­ad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

A la desaparici­ón forzada cometida por particular­es se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

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LEY. Familiares de desapareci­dos, ayer, en el salón de sesiones de San Lázaro.

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