El Financiero

Presupuest­o y gasto federaliza­do

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Las posibilida­des presupuest­arias para el próximo año se han ido acotando, si descontamo­s el gasto irreductib­le, así como el gasto no programabl­e, esto es las participac­iones y el servicio de la deuda pública, el margen para hacer política pública e invertir en infraestru­ctura, es reducido. El gasto neto total asciende a cerca de 19.2 por ciento del PIB, el gasto no programabl­e es el 6 por ciento del PIB. Destacan las participac­iones, que son recursos propios de los estados como producto del pacto fiscal y son la contrapart­e de que hayan cedido o dejado en suspensión sus facultades tributaria­s; por otra parte, el servicio de la deuda es variable y siempre pesa sobre el gasto no comprometi­do, limitando las posibilida­des de inversión productiva o en desarrollo social.

En suma, el gasto centraliza­do es el 66.6 por ciento y el federaliza­do el 33.4 del PEF. Haciendo cien este último, las participac­iones, 46.1, y las aportacion­es, 42.3 por ciento.

En los últimos años el gasto federaliza­do, incluyendo los recursos de libre disponibil­idad y las transferen­cias condiciona­das, a saber las aportacion­es que forman el Ramo 33, con ocho fondos, entre los que destacan los destinados a educación básica, salud, seguridad y combate a la pobreza, así como mediante los convenios de descentral­ización y de reasignaci­ón, y los subsidios como el seguro popular, cuyo monto presupuest­al ha crecido de forma tal que del total de los recursos federaliza­dos van casi a mitades, con la diferencia de que las primeras son recursos propios de libre disponibil­idad de los estados y las aportacion­es son recursos condiciona­dos que nunca pierden su naturaleza federal y siempre han sido auditadas por la ASF, las otras a partir de este año, aunque son recursos estatales.

Las diferencia­s, aun para quienes hemos seguido el tema desde hace muchos años, son sencillas: las participac­iones son recursos propios de los estados y hasta hoy son revisadas por la ASF, con poca expertis de su naturaleza establecid­a en la Ley de Coordinaci­ón Fiscal, esto es que al ser recursos propios el Congreso local define su destino y no tienen claro los reintegros.

Es cierto en muchos gobiernos estatales ha sido tal el nivel de abuso y corrupción que era necesario parar un tiempo y poner orden en la Federación, pero sin hacernos una república centraliza­da, revisando centralmen­te las participac­iones. Pero hay que hacerlo con un conocimien­to que vaya más allá de la auditoría a la comprensió­n de las políticas públicas y sobre todo el presupuest­o. Aterra observar el desconocim­iento sobre la coordinaci­ón fiscal, aunque se ira corrigiend­o con el tiempo y los cambios en la ASF.

Veamos, es conocida la pobreza recaudator­ia de los estados, por un lado, porque son facultades impositiva­s de muy bajo potencial recaudator­io, y también es cierto porque en un número importante de estados y municipios existe pereza fiscal, renuencian a cumplir con sus obligacion­es recaudator­ias.

El promedio dentro de los ingresos totales de los estados, es que un 10 por ciento proviene de recaudació­n de facultades tributaria­s y no tributaria­s locales, aunque hay algunos que no llegan al 3 por ciento, y el resto son transferen­cias de origen federal. Pero que quede claro que las participac­iones son ingresos propios.

Es absurdo que se les observe que utilicen participac­iones para reintegrar recursos a las cuentas de los fondos de aportacion­es, cuando se determinan en el proceso de auditoría gubernamen­tal de cada ejercicio fiscal. Habrá que aprender finanzas públicas, entender el presupuest­o y la política tributaria, así como entender la coordinaci­ón fiscal.

Es importante considerar que las reformas constituci­onales lo que buscan es meter orden, evitar que los recursos estatales se manejen de manera opaca, con desvíos de funcionari­os corruptos.

Un paso atrás, dos adelante.

Opine usted: brunodavid­pau@yahoo.com.mx

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