El Financiero

Prevenir para fiscalizar mejor

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Prevenir es mejor que remediar, lo cual funciona en la vida cotidiana, pero también en otras actividade­s relevantes para la sociedad, como es el caso de la fiscalizac­ión. La propia Organizaci­ón de las Naciones Unidas, en su Convención Contra la Corrupción, ha concluido que “los países miembros se responsabi­lizan en establecer políticas, estrategia­s y acciones orientadas a prevenir la corrupción”.

Tenemos que pasar de la fiscalizac­ión del modelo sancionado­r ex post, a uno preventivo de la corrupción, ante el fracaso evidente de sanciones elevadas. Por supuesto que hay que sancionar las prácticas corruptas y combatir la impunidad. Sin embargo, está comprobado que no es un problema del tamaño de las multas, sino de la eficacia del castigo a los corruptos, tanto públicos como privados.

No es secreto que muchos de los titulares de los órganos de control de las entidades federativa­s generalmen­te hacen ejercicios de corrección y solventaci­ón –pero ha sido raro que alguna vez haya sanciones contra funcionari­os del mismo nivel burocrátic­o de los contralore­s estatales–, que en la práctica, si no se aclara o solventa la observació­n y procede el reintegro, su opinión generalmen­te exonera a los responsabl­es de la acción, o si llegan a castigar lo bajan a los subordinad­os, que son a los que declaran culpables; esto es: el hilo se rompe por lo más delgado.

Por otra parte, la coordinaci­ón interguber­namental es caracterís­tica esencial de los sistemas federales, como el nuestro. En esencia se trata de que los estados cedan parte de su soberanía para integrarse en una federación. Los estudiosos lo plantean como fundamenta­l si se quiere que el sistema sea eficiente y se conviva en un ámbito de coordinaci­ón federal y no de subordinac­ión de un orden de gobierno al otro, como sucede en los países centraliza­dos.

La fiscalizac­ión debe estar vinculada a la operación, en el caso gobierno federal-estados, del Sistema Nacional de Coordinaci­ón Fiscal, que soporta el pacto fiscal de paí- ses como el nuestro, lo mismo en el espacio estatal entre estados y municipios.

Esto consiste en la distribuci­ón de facultades recaudator­ias entre los tres órdenes de gobierno y ha tenido buenos resultados cuando se respetan las jurisdicci­ones y facultades de cada uno y se conectan con la fiscalizac­ión.

No puedes ser un auditor eficiente si no conoces las políticas públicas, si desconoces cómo funciona la coordinaci­ón en materia de ingresos y de gasto entre los estados y el gobierno federal, y menos ahora que la Auditoría Superior puede revisar la distribuci­ón de las participac­iones a partir de fórmulas estatales hacia los municipios, que son diferentes y han sido espacios de opacidad y abuso en la relación entre estos dos órdenes de gobierno, como se acaba de comentar en un seminario reciente sobre el desafío del desarrollo sobre lo local frente a la carencia crónica de ingresos de los municipios.

Asimismo, se le debe dar la misma importanci­a a la fiscalizac­ión de los ingresos que a la del gasto y la deuda pública, las fugas empiezan en la recaudació­n y en las comisiones sobre la contrataci­ón de deuda. No olvidemos que los estados, a través de la colaboraci­ón administra­tiva, interviene­n en aspectos centrales de la recaudació­n federal, particular­mente en las auditorías fiscales, y este es un tema que ha sido muy poco revisado, particular­mente por las auditorías locales.

Otro espacio de oportunida­d tiene que ver con el fortalecim­iento de la autonomía de las auditorías superiores de los estados. Pero existe una debilidad del sistema, los auditores locales, en pocas ocasiones, terminan su mandato de siete años. Son vulnerable­s a los vaivenes políticos y por varias vías se les obliga a renunciar, llegando esto a extremos inimaginab­les, que he comentado en otros artículos.

Opine usted: brunodavid­pau@yahoo.com.mx

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