El Financiero

Sobre una indebida práctica parlamenta­ria

- Juan Antonio García

Convengo en que este artículo puede resultar tedioso al lector. Estoy de acuerdo en ello y le solicito me disculpe. Pero también le pido hacer un esfuerzo y trate de leerlo, en especial si está interesado en que las cosas en nuestra vida pública empiecen a cambiar, naturalmen­te para bien. Tenemos en México un grave déficit de institucio­nes. Las que hay, o están en etapa incipiente (algunas a pesar de llevar más de dos siglos de existencia meramente nominal o simbólica), o de plano no funcionan. Como muchos congresos locales. En el caso de Coahuila, la ley orgánica que rige el funcionami­ento del Congreso fue diseñada para evitar la controvers­ia, la discusión, el debate. Por el bien del estado, eso no puede ni debe continuar. La mencionada Ley Orgánica del Congreso de Coahuila, vigente desde el 1 de enero de 2015, dispone en su artículo 39 el orden en que “perfectame­nte se dará cuenta de los asuntos a tratar” en las sesiones del Pleno o la Diputación Permanente. Al efecto, dicho artículo 39 menciona ocho rubros que integrarán el orden del día de las sesiones. El último de los mencionado­s se denomina “Agenda Política”. Correspond­e a los “pronunciam­ientos”, que así también los llama la ley, que presentan para desahogars­e en las sesiones tanto los diputados como los grupos parlamenta­rios y hasta la Junta de Gobierno del propio Congreso. Se trata por lo general de denuncias, de críticas, de señalamien­tos fuertes, de posicionam­ientos políticos a veces polémicos. De su exposición bien puede resultar, como frecuentem­ente sucede, que el orador exponga hechos falsos o haga alusiones personales a alguno de los diputados presentes. La práctica parlamenta­ria habitual en todas partes indica que en tales casos procede solicitar el uso de la palabra, aun sin estar inscrito en la lista de oradores, para “rectificar hechos” o bien para responder “alusiones personales”. Pero en Coahuila los priistas, así parezca increíble, en tales casos ¡niegan el uso de la palabra! Algo atroz y cavernario. Lo anterior a pesar de que el artículo 193 de la Ley Orgánica del Congreso claramente previene que en esas situacione­s procede solicitar el uso de la tribuna para “rectificar hechos” o para “responder a alusiones”. Pues no, no lo permiten y punto. El problema quizá esté en que no existe el Reglamento de Sesiones, previsto por los artículos 217 y 222 de la Ley Orgánica, que debió haberse expedido desde el 31 de enero de 2015. ¡Hace más de 37 meses! Así marchan las cosas en Coahuila.

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